7/10/13

La mayoría no concedería en ningún caso a Quebec el derecho a declarar unilateralmente la independencia

"(...) Hoy todos sabemos que la historia acabó como el viceministro había pronosticado. Las posturas estaban ciertamente enconadas, pero hubo un referéndum y, aunque el resultado fue muy ajustado, todo el mundo lo aceptó.

 Por el camino, Canadá nos legó la Clarity Act, una ley que, junto con el dictamen del Tribunal Supremo en que se basó, se ha convertido desde entonces en el punto de referencia obligado para tratar la posibilidad de una secesión dentro de un estado democrático.

La Clarity Act establecía, en primer lugar, que ni Quebec ni ninguna otra provincia canadiense tenían derecho a la autodeterminación ni a una secesión unilateral, sino que la secesión debía ser negociada con el Gobierno federal.

 Segundo, que el Gobierno de Quebec tenía derecho a convocar un referéndum.

 Tercero, que la pregunta debía ser inequívoca. Y finalmente que, para que se iniciara una negociación con vistas a la independencia, la mayoría a favor debía ser clara. 

Vale la pena leer con calma el dictamen del Tribunal Supremo en que se basa la Clarity Act. La argumentación del alto tribunal arranca con un párrafo que centra la cuestión con extraordinaria claridad.

  La Constitución -dice- es más que un texto escrito. Incluye todo el cuerpo de normas y principios que gobiernan el ejercicio de la autoridad constitucional, de modo que una lectura superficial de artículos concretos puede ser engañosa.

 Los principios subyacentes en el conjunto del texto -federalismo, democracia, Estado de derecho, respeto de las minorías- deben informar la apreciación global de los derechos y deberes que entrarían en juego en el caso de que una mayoría clara de quebequeses votasen a favor de la secesión.

Según el alto tribunal, esta mayoría no concedería en ningún caso a Quebec el derecho a declarar unilateralmente la independencia, porque la democracia no consiste únicamente en la voluntad de la mayoría, pero a la vez el orden constitucional no podía permanecer indiferente a una expresión clara de la voluntad mayoritaria quebequesa, por lo que en caso de un voto favorable en el referéndum el Gobierno federal carecería de base para denegar el derecho del Gobierno de Quebec a la independencia y debería negociar sus términos.

 El proceso de negociación debería tratar de conciliar los derechos y deberes de dos mayorías legítimas, la de los ciudadanos de Quebec y la de los de Canadá en su conjunto.

Aunque nuestra Constitución es distinta de la canadiense, la relevancia de este dictamen en el debate actual es obvia. Hay un punto en el que creo que una mayoría muy amplia de ciudadanos, en Catalunya y en el resto de España, estamos de acuerdo: ni la permanencia de Catalunya en España ni la independencia merecerán la pena si no son percibidas como legítimas y aceptadas democráticamente.

 Esta mayoría ofrece un buen punto de partida para el diálogo. Evitar que las diferencias sobre el futuro de Catalunya conduzcan a una fractura irreversible de la convivencia exigirá grandes dosis de habilidad y de sentido común, pero a la vez ofrecerá a nuestros políticos una oportunidad para demostrar el papel indispensable que les corresponde en nuestro sistema democrático.

El mundo nos está mirando y seguirá el proceso con gran atención. España no es Canadá, pero ¿no nos convendría buscar inspiración en el ejemplo canadiense?"        (CARLES CASAJUANA, LA VANGUARDIA, 21.09.13, en Materials per diari de Miquel Iceta, 21/09/2013)

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