Mostrando entradas con la etiqueta d. Discriminación por lengua: Normas internacionales. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta d. Discriminación por lengua: Normas internacionales. Mostrar todas las entradas

30/11/12

El Tribunal de Justicia europeo reconoce discriminación lingüística en la publicación de concursos de la UE

"En febrero y en mayo de 2007, la Oficina Europea de Selección de Personal del Parlamento Europeo (EPSO), responsable de la organización de los procedimientos de selección de los funcionarios de la Unión Europea, publicó anuncios de concurso solo en alemán, inglés y francés para seleccionar administradores y asistentes en el campo de la información, la comunicación y los medios de comunicación. La publicación se hizo en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).

Por lo que se refiere a la admisión y al desarrollo de las pruebas de acceso, se exigían un excelente conocimiento de una de las lenguas oficiales de la UE, como lengua principal, y un conocimiento satisfactorio de alemán, inglés o francés, como segunda lengua obligatoriamente distinta de la lengua principal.

Además, se establecía que las convocatorias, la correspondencia entre la EPSO o la secretaría del tribunal y los candidatos y las pruebas de acceso solo se realizarían en alemán, en inglés o en francés. Se establecían en este sentido las mismas condiciones para la admisión a las pruebas escritas y para el desarrollo de éstas. Esta semana, el Tribunal de Justicia ha dictaminado que se cometió una discriminación por motivos lingüísticos.

En junio y en julio del mimso 2007, la EPSO publicó dos modificaciones en el DOUE en todas las versiones lingüísticas de la UE, remitiéndose expresamente a la versión íntegra de los anuncios ya publicados en alemán, inglés y francés y reabriendo el plazo de presentación de candidaturas. El Gobierno de Italia interpuso un recurso de anulación de estos anuncios ante el Tribunal General.

El Estado italiano criticó, en esencia, la falta de publicación íntegra de los anuncios en las lenguas oficiales distintas del alemán, el inglés y el francés, y la limitación, a su juicio arbitraria, a solo tres lenguas de la elección de la segunda lengua para participar en los concursos, para la comunicación con la EPSO y para el desarrollo de las pruebas.

Tras la desestimación de dichos recursos por el Tribunal General, Italia interpuso un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia, alegando que el Tribunal General había incurrido en un error de derecho al confirmar la validez de los anuncios.

Este martes, el Tribunal de Justicia ha examinado, en primer lugar, la falta de publicación íntegra de los anuncios en todas las lenguas oficiales de la UE. Ha recordado que ‘el régimen lingüístico de la UE define como lenguas oficiales y lenguas de trabajo de las instituciones de la Unión a las 23 lenguas actuales de la UE‘, que el DOUE debe publicarse ‘en todas las lenguas oficiales’ y que, según el Estatuto de los Funcionarios de la Unión, ‘los anuncios de concurso general deben publicarse en el DOUE’.

En consecuencia, la combinación de estas normas implica que los anuncios de concurso en cuestión debieron haber sido publicados íntegramente en todas las lenguas oficiales, según ha comunicado el propio Tribunal de Justicia de la UE en una nota de prensa. Dado que dichas disposiciones no establecen excepciones, el Tribunal General ‘incurrió en un error de derecho al declarar que la publicación posterior de las modificaciones puso fin a la falta de publicación íntegra’.

En cualquier caso, partiendo del presupuesto de que los ciudadanos de la UE lean el DOUE en su lengua materna y que dicha lengua sea una de las lenguas oficiales de la Unión, ‘un candidato potencial cuya lengua materna no fuera una de las lenguas de la publicación íntegra de los anuncios debía conseguir el DOUE en una de estas lenguas y leerlo en dicha lengua antes de decidir si deseaba presentar su candidatura a alguno de los concursos’.

Por tanto, tal candidato ‘se encontraba en una situación de desventaja en relación con un candidato cuya lengua materna fuera el alemán, el inglés o el francés’, tanto por lo que se refiere a la correcta comprensión de estos anuncios como en lo relativo al plazo para preparar y enviar su candidatura.

En segundo lugar, el Tribunal de Justicia ha examinado la limitación de la elección de la segunda lengua para participar en un concurso. Ha afirmado que tal limitación ‘puede estar justificada por el interés del servicio’.

 Según el Tribunal de Justicia, las reglas que limitan la elección de la segunda lengua deben establecer ‘criterios claros, objetivos y previsibles’, a fin de que los candidatos puedan saber, con suficiente antelación, cuáles son los requisitos lingüísticos que se exigen, y poder prepararse para los concursos en las mejores condiciones.

Ahora bien, las instituciones afectadas por el concurso ‘no adoptaron nunca reglas internas que determinasen las modalidades de aplicación del régimen lingüístico en su seno’. La Comisión Europea tampoco invocó que existiesen otros actos, como comunicaciones, que estipulasen los criterios que rigen la limitación de la selección de lenguas como segunda lengua para participar en concursos.

Por último, los anuncios en cuestión no contenían ninguna motivación que justificara la elección de las tres lenguas seleccionadas. Para que las instituciones puedan asegurarse de que seleccionan a los mejores candidatos (en términos de competencia, de rendimiento y de integridad), puede ser preferible que éstos ‘estén autorizados a realizar las pruebas de selección en su lengua materna o en la segunda lengua que consideren dominar mejor’.

Por otro lado, el Tribunal ha señalado que ‘los conocimientos lingüísticos son un elemento esencial de la carrera de los funcionarios y las instituciones pueden controlar los esfuerzos que realizan los funcionarios para ponerlos en práctica y adquirir en su caso otros nuevos’. 

Por tanto, incumbe a las instituciones buscar ‘un equilibrio entre, por un lado, la limitación del número de lenguas de los concursos, y, por otro, el objetivo de identificar a los candidatos que posean las más altas cualidades de competencia y las posibilidades de aprendizaje por parte de los funcionarios seleccionados de las lenguas necesarias para el interés del servicio’.

Así, el Tribunal de Justicia ha anulado la sentencia del Tribunal General y ha resuelto definitivamente el litigio con el Gobierno de Italia, anulando también los anuncios de concursos generales. En cambio, ‘a fin de proteger la confianza legítima de los candidatos seleccionados’, el Tribunal no pone en tela de juicio ‘los resultados de los concursos’.          (lavozdebarcelona.com, 29/11/2012)

25/9/10

EEUU pide "respetar a los castellanohablantes" La subsecretaria de Estado dice que "España debe analizarlo y tratarlo con cuidado"

"La subsecretaria de Estado para Democracia de EEUU, María Otero, declaró el miércoles que "España debe analizar y tratar con cuidado el respeto a los castellanohablantes" en Catalunya, Baleares y el País Vasco, según informa El Mundo.

Otero hizo esas declaraciones cuando este periódico le preguntó acerca del Informe Mundial sobre Derechos Humanos del Departamento de estado, que cae precisamente bajo su jurisdicción, y en cuya última edición, de marzo pasado, se citan varias denuncias de supuesta violación de los derechos de los hablantes en castellano en esas tres comunidades.

Otero, que nació en Bolivia y es la mujer de raza latina que ocupa un puesto más alto en la actual Administración estadounidense, fue confirmada en su cargo por el Senado hace apenas seis semanas, por lo que no quiso entrar en detalles. "Es una pregunta muy específica", dijo, antes de explicar que, en todo caso, "el informe se hace con bastante investigación e incorporación de información de las ONG locales", por lo que los datos que en él se presentan merecen ser tenidos en cuenta." (e-noticìes, 24/09/2010)

18/3/09

¡Pero oiga, compréndame!... ¡¡ Es que son capaces de quemarnos una docena de autobuses! ¡Y con catalanes dentro!



"La Asociación por la Tolerancia ha denunciado este domingo que la empresa que gestiona la publicidad de los autobuses de Transportes Metropolitanos de Barcelona (TMB) se ha negado a contratar una campaña publicitaria que desde este lunes iba a promocionar la libertad de elección de la lengua de enseñanza en Cataluña.

Según la asociación, ya se había “formalizado un precontrato” a mediados de febrero, y se había pagado la mitad de la campaña, pero “no ha podido pasar el último filtro”, el de la empresa Promedios, que ha alegado que una campaña como esa “crea polémica y puede hacer daño al medio”.

La campaña consistía en difundir la sentencia del Tribunal Supremo del mes de diciembre, que obliga a la Generalidad a incluir unas casillas en los impresos de presincripción escolar para que los padres elijan la lengua oficial de escolarización de sus hijos en la primera enseñanza.

En un comunicado, la Asociación por la Tolerancia se ha mostrado sorprendida de que publicitar una sentencia “pueda generar polémica y supuestos daños”. (lavozdebarcelona.com, 15/03/2009)

18/2/09

Los padres (inmigrantes ) tienen derecho a elegir la lengua en la que se enseña a sus hijos, allí donde sea posible (en Cataluña, sí / en Francia no)

"La comisión de Cultura y Educación del Parlamento Europeo ha aprobado este martes un informe sobre multilingüismo que afirma que los padres han de tener ‘la posibilidad de elegir la lengua oficial en la que han de ser educados sus hijos en países donde coexistan una o más lenguas oficiales o regionales’. (...)

El informe, elaborado por el portugués del PP, Vasco Graça Moura, se votará en una próxima sesión plenaria, probablemente el 26 de marzo. (...)

Otro informe reciente del Consejo de Europa, organización ajena a la Unión Europea, también invalidó el modelo de inmersión lingüística obligatoria en una sola de las dos lenguas oficiales, tal como se viene aplicando en las escuelas públicas de Cataluña desde hace años." (lavozdebarcelona.com, 17/02/2009)

Como todos los profesores catalanes dominan el catalán y el español, se puede cumplir con la elemental norma que de los niños aprendan en su lengua materna. Ya sea la española, ya la catalana. Una suerte poder elegir.

En Francia no, sus profesores sólo saben francés. En francés. Aunque el estado francés debería hacer un esfuerzo para que los niños franceses del sur, de lengua materna catalana, o vasca, pudiesen acogerse a ese derecho. El estado francés, que es rico, también puede.
Formar profesores que puedan enseñar en francés y catalán, en francés y euskera.

ERA MUY BONITO:

"El Parlamento Europeo ha rechazado la propuesta del PP, aprobada en la comisión de Cultura y Educación, que afirmaba que los padres han de tener ‘la posibilidad de elegir la lengua oficial en la que han de ser educados sus hijos en países donde coexistan una o más lenguas oficiales o regionales’.

El pleno del Parlamento Europeo, este martes, ha aprobado, por 335 votos a favor, 279 en contra y 69 abstenciones, el informe alternativo presentado por los eurodiputados Ignasi Guardans (CiU), Raül Romeva (ICV) y Marta Badia (PSOE) que suprime el texto aprobado por la Comisión y presentado por el PP que citaba que ‘ningún escolar podrá ser privado de la enseñanza en la lengua oficial del Estado’. Con estos votos y esta decisión el PSOE ha votado en contra de que los niños en las CCAA de España con más de una lengua oficial puedan estudiar en castellano o español." (lavozdebarcelona.com, 24/03/2009)

29/2/08

La Comisión Europea contra el Racismo y la O.N.U. atacan a Cataluña y al País Vasco ¡Porque no tienen otra cosa que hacer!

"14. Existen informes sobre las dificultades a las que a veces se enfrentan los niños de lengua castellana residentes en Cataluña y en el País Vasco cuando se trata de recibir una educación en castellano. Este tipo de casos debería seguirse de cerca.” (Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia. Enfoque de la ECRI país por país: Informe sobre España. Estrasburgo, 26 de enero de 1999)


“12. Aunque el Comité celebra la amplia autonomía de que gozan las comunidades autónomas en materia de educación, observa con preocupación que en Cataluña y en el País Vasco a los niños de la minoría castellanohablante les puede resultar difícil recibir la educación en su lengua materna. (Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, CERD/C/304/Add.8; 28 de marzo de 1996)


"Section 5 Discrimination Based on Race, Sex, Religion, Disability, Language, or Social Status

National/Racial/Ethnic Minorities

"In June an administrative court in Tarragona considered a challenge to a local university regulation that imposed extensive use of Catalan in university affairs. The court, although leaving some of the regulation intact and declaring itself not competent to rule on the constitutionality of the linguistic law, struck down several sections of the regulation. For example, the court found that the regulation's treatment of certain administrative issues and a requirement that staff use Catalan at all public university functions exceeded university authority and autonomy and were not in conformance with other laws. Another court challenge involved the propriety of the same university's discipline of a professor for supplying copies of the university entrance examination in Spanish, rather than Catalan, to two students requesting Spanish versions. The court ruled in December that the professor was excluded wrongly from the administration of the examinations and praised her for defending the students' rights. The court clearly implied that the university's regulation limiting access to the examination in Spanish was discriminatory and said that it was permissible to foster the use of Catalan but not to do so in a manner that excludes or limits the use of Spanish. The university administration responded that it had no intention of modifying its regulation and intended to appeal the continued suspension of certain aspects of the regulation. Notwithstanding its response, in May it began supplying the entrance examination in Spanish to those who requested it. " ( Para traducción, ver Traductor Google)

"2000 INFORME DE DERECHOS HUMANOS DEL DEPARTAMENTO DE ESTADO - GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS. ESPAÑA (Bureau of Democracy, Human Rights, and Labor, 2000, Spain)

SE HACEN INFORMES, BARATOS, BARATITOS...