22/10/13

Violadores, asesinos y presos etarras, los beneficiados por el fin de la Parot. Otro agujero, ahora judicial. Tampoco habrá dimisiones. Desde el Arropiero, tuvieron tiempo de solucionar un simple problema penal. Pues no...

"(...) La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos es la consecuencia de todo lo que han hecho mal los partidos políticos españoles y vascos durante demasiado tiempo por ser incapaces de enfrentarse políticamente a ETA, a su terror y a su proyecto político, en todo momento, sin cálculos electorales ni instrumentalización para la gloria política.

Es la constatación de un gran fracaso político democrático en forma de sentencia con la única luz dentro de ese fracaso de haber conseguido forzar a ETA a dejar de matar. Pero, con todo lo que ello significa, a nada más, renunciando a dotar a esa derrota de todo el significado político democrático que debiera haber tenido.

Walter Benjamin, quien se hizo regalar un ángel pintado por Paul Klee y lo llevaba siempre consigo, también cuando se suicidó, veía la Historia desde la perspectiva de un ángel que volaba hacia el futuro mirando hacia atrás con sus alas extendidas y veía que en la Historia humana sólo había desastres y tragedias, sólo había perdedores. Las víctimas van a tener que encomendarse al ángel de Walter Benjamin."       (JOSEBA ARREGI, Joseba Arregi fue consejero del Gobierno vasco, EL MUNDO 22/10/13, en Fundación para la Libertad)


Ver:  ¿Qué hacer con el Arropiero cuando cumple la condena? 

"(...) Algunas de las reformas aprobadas en algunos países se acercan, sin embargo, a este tipo de planteamiento, aunque con las garantías del proceso democrático. Estados Unidos, Australia y Reino Unido han introducido diferentes formas de internamiento de duración indeterminada para agresores sexuales que ya han cumplido condena pero presentan alto riesgo de reincidencia. 

También Alemania aprobó en 2004 la figura de la custodia de seguridad posterior, que permite el internamiento forzoso tras el cumplimiento de la pena si el juez estima que representa un grave peligro para la colectividad. Otros países, como Francia o Canadá, discuten sobre ello. La cuestión está, pues, en el debate internacional. (...)” 

 (MILAGROS PÉREZ OLIVA: ¿Qué hacer con los violadores y asesinos?.El País, ed. Galicia, Opinión, 25/01/2008, p. 29)


"(...)  Pero el caso es que la maraña de leyes que tenemos en el Estado, unida a la alegría con que unos y otras las han ido interpretando según conveniencias, ha hecho posible que Inés de Río, junto con unas decenas más de presos, pueda ser de aquí en adelante la persona que tenga usted delante en la cola de la pescadería comprando género para preparar luego una merluza en salsa verde.

Hemos dispuesto de leyes absurdas, y más absurda ha sido aún su aplicación. Aplicación a la que no han contribuido solo los jueces. También esos beneficios por estudios o por actividades que siempre recibían el visto bueno de forma automática han ido acortando, de forma discreta y callada, los años de cumplimiento.

 Durante años ha sucedido así, sin que haya pasado nada, hasta que con Parot saltan de repente todas las alarmas, y el Gobierno central y los tribunales se dicen que esto no se puede permitir. Y, miren por dónde, tanto el Supremo como el Constitucional, esos tribunales que deberían velar para que no se produjesen arbitrariedades ni interpretaciones de trazo grueso por parte de nadie, dan con la clave y comienzan a interpretar la ley, de un día para otro, de forma distinta a la que se había utilizado hasta el momento

. Solo con el objetivo de que Parot y el resto se chupasen unos cuantos años más, aplicando criterios que hasta entonces no se habían utilizado. Fue otro ejemplo más de la arbitrariedad con que a veces actúan nuestros tribunales superiores, sin que parezcan sentir vergüenza ajena alguna.(...)"                   (PELLO SALABURU, EL CORREO 23/10/13, en Fundación para la Libertad)


"(...)  La Constitución (art. 25.2) abona la reinserción de los condenados. Y el Código Penal da coherencia a un sistema que no prevé la prisión perpetua; distinto, por ejemplo, del americano que castiga, tira la llave y se olvida del hombre.

 La decisión del legislador español es política y moralmente discutible. Lo indiscutible, por el contrario, es la inmoralidad de querer cambiar esos principios por la puerta de atrás, sin asumir las consecuencias políticas correspondientes.

 Este es el sentido de la decisión de Estrasburgo, cargada de derecho y de razón, por utilizar el título de la célebre obra de Luigi Ferrajoli, no solo una obra clave del garantismo, sino también una denuncia de la misma i-rresponsabilidad política que dio origen a Parot. (...)"          (ARCADI ESPADA, EL MUNDO 22/10/13, en Fundación para la Libertad)

"Domingo Troitiño, uno de los etarras que perpetró la matanza de Hipercor es uno de los 61 reclusos de la banda que pueden salir de la cárcel tras derogarse la doctrina Parot

A ellos se añaden una decena de delincuentes con tres o más condenas como Miguel Ricart, uno de los asesinos de las niñas de Alcàsser.

Seis meses después de que la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) analizara el recurso de España contra el fallo del tribunal, -en julio avaló excarcelar e indemnizar con 30.000 euros a la etarra Inés del Río-, los 17 magistrados de la Corte Europea han rechazado la petición de la Abogacía del Estado.

De esta forma, vuelven a dar la razón a Del Río, miembro del 'comando Madrid' condenada a más de 3.000 años de cárcel por 23 asesinatos. Su puesta en libertad estaba prevista en julio de 2008. Fue entonces cuando la Audiencia Nacional decidió que saldría de prisión en 2017 en aplicación de la doctrina Parot, avalada dos años antes por el Tribunal Supremo.

Una jurisprudencia -toma su nombre del etarra Henri Parot- que obliga a computar los beneficios penitenciarios sobre el total de las penas y no sobre el límite máximo de cumplimiento de 30 años, lo que supone un alargamiento de la estancia en la cárcel.

Y aunque Estrasburgo solo ha dictaminado sobre el caso Del Río en la práctica su decisión tendrá consecuencias en todos aquellos supuestos que se encuentran en la misma situación jurídica que Del Río, si bien son los tribunales españoles los que tienen que aplicar lo que dicta la corte europea.

Entre los beneficiarios figuran además de los mencionados, una lista de más de 60 presos etarras, seis miembros de los Grapo, o quince delincuentes con tres o más condenas.

De los presos etarras que recurrirán su puesta en libertad de inmediato están Juan José Zubieta, condenado a 1.309 años por el atentado en 1991 contra la casa cuartel de Vic (Barcelona) que causó la muerte de 11 personas, entre ellas cinco niños.

También Juan José Legorburu 'Txato', condenado a 746 años por diversos atentados y ocho asesinatos, entre ellos el del jefe de la Policía Municipal de Amorebieta (Vizcaya) en 1979; Juan Carlos Arruti 'Paterra', que cumple una pena de más de 1.200 años por catorce asesinatos, o José Antonio López "Kubati", condenado, entre otros atentados, por el asesinato de la etarra "Yoyes".

Santiago Arrospide 'Santi Potros', jefe del aparato militar y condenado como inductor del atentado de Hipercor, o Juan Lorenzo Lasa Mitxelena 'Txikierdi', con seis asesinatos y 374 años de condena, también figura entre los 61 presos.

De la derogación de la doctrina Parot también podrán beneficiarse criminales como Pablo Manuel García Ribado, condenado a más de 1.700 años de prisión por 74 violaciones entre 1990 y 1993, conocido junto con Antonio Barroso como los "violadores del portal" porque agredían a las mujeres cuando entraban en sus domicilios.

Otro ejemplo es el de Juan Manuel Valentín Tejero que secuestró, violó y asesinó a la niña de 9 años Olga Sangrador en 1992 en Villalón de Campos (Valladolid).

El pasado mes de marzo el Supremo confirmaba la decisión de la Audiencia de Valladolid de que Valentín Tejero cumpliera cárcel hasta 2025 en virtud de la doctrina Parot, aunque inicialmente su condena (50 años) quedaba extinguida en marzo de 2012.

Figuran también Pedro Gallego, el violador del ascensor, con 18 violaciones y dos asesinatos, o Miguel Ricart, uno de los autores del asesinato de las tres niñas de Alcàsser condenado a 170 años de prisión.

Además de estos, podrían ser excarcelados siete miembros de los Grapo, entre ellos Guillermo Vázquez Bautista, condenado a casi 260 años de cárcel por el asesinato de dos guardias civiles en Gijón en 1989.

Lo mismo ocurriría con Ismael Miquel Gutiérrez, jefe del comando de los GAL que asesinó a un ciudadano francés en 1985, o con Josefa Rodríguez Porca, miembro del Ejército Guerrillero del Pueblo Gallego (EGPG) y condenada a 84 años de prisión por el asesinato de un guardia civil en 1989."                (La Vanguardia, 21/10/2013)

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