"Artur Mas anunció el 25 de septiembre
en el Parlamento catalán que, si finalmente resulta imposible —por
ilegal— celebrar en Cataluña una consulta de autodeterminación,
recurrirá a otra vía, la convocatoria de elecciones, para que “el pueblo
de Cataluña pueda decidir libremente su futuro como país”.
El presidente de la Generalitat
se cuidó mucho de ponerle a esas elecciones el apellido de
“plebiscitarias”, pero así fueron interpretadas unánimemente sus
palabras. Y así, “plebiscitarias”, las llama el autodenominado Consejo
Asesor para la Transición Nacional creado por el Gobierno catalán con el
encargo de buscar cauces para la consulta y al que Mas se remitió en su
discurso. (...)
Mas dijo: “Incluso en el último momento, si no hay más remedio, se
puede transformar una convocatoria electoral en un referéndum”.
¿Se puede?
No, no se puede transformar una convocatoria electoral en un referéndum, según los seis expertos consultados. En la ley Electoral
no aparece la vía de las “elecciones plebiscitarias”. “O hay elecciones
o hay referéndum. Y plebiscito es sinónimo de referéndum”, señala
Teresa Freixes, catedrática de Derecho Constitucional en la Universitat
Autònoma de Barcelona, que se declara “dolida” ante la posibilidad de
que se convoque en Cataluña una modalidad de votación vinculada en el
pasado a “regímenes populistas y a menudo dictatoriales, donde las
elecciones se centraban en el apoyo a un líder”.
“Las elecciones se convocarían como elecciones autonómicas, que es lo
que serían. Puede pasar que después alguien quisiera leer el resultado
en clave plebiscitaria, pero eso sería jurídicamente irrelevante”,
abunda Roberto Blanco, catedrático de Derecho Constitucional en
Santiago. (...)
Más duro es Pablo Oñate,
catedrático de Ciencia Política en la Universidad Carlos III de Madrid:
“Si un partido quiere proponer la independencia en su programa, que lo
haga. Yo recuerdo una campaña electoral en la que había un partido cuyo
compromiso electoral era establecer conexión con vida extraterrestre.
Pero lo que tiene que estar claro es que elecciones y plebiscito son dos
cosas distintas. Se está intentando confundir el debate y al ciudadano
mezclando churras con merinas. Eso solo consigue aumentar la confusión”,
dice. Roberto Blanco lo tacha también de “fraude político” y “engaño a
los electores”. (...)
“Impugnables no son mientras no generen efectos jurídicos. Sí
podrían serlo si, por ejemplo, el decreto de convocatoria hiciera
referencia expresa a que se trata de un plebiscito”, apunta Blanco.
María Luisa Balaguer,
catedrática de Derecho Constitucional en la Universidad de Málaga, es
más tajante: “Si esa convocatoria es un referéndum encubierto, se
convertiría en sí misma en un fraude de ley y el Gobierno podría
plantearse impugnarla”, afirma.
Teresa Freixes se sitúa en un punto
medio: cree que no se puede impedir que los partidos concurran a unas
elecciones con los programas que quieran, pero sí ve el riesgo del
“referéndum encubierto”. “Lo que ocurre es que eso es muy difícil de
perseguir. En derecho se llama levantar el velo: probar el fraude
jurídico, demostrar que algo es realmente una cosa distinta a la que
pretende ser”, explica. (...)
¿Quién y cómo interpretaría el resultado?
Xavier Arbós señala que “nadie ha explicado cómo se contarían los
votos” en esas elecciones. “Al no ser un voto directo en una consulta,
podría ocurrir que quien ganase en votos no ganase en escaños. ¿Qué
pasaría entonces?”, se pregunta. Roberto Blanco añade que “el efecto plebiscito
exige un consenso en la lectura del plebiscito”, y augura que “eso no
va a ocurrir aquí”.
“Unos partidos leerían el resultado de una manera y
otros de otra, sobre todo porque hay varios partidos que no van a
aceptar haber participado en un plebiscito cuando lo que ha habido son
unas elecciones autonómicas”, remarca.
¿Legitimaría la votación una declaración de independencia?
Los seis expertos coinciden: no.
¿Hay algún antecedente?
Nunca se han convocado unas elecciones plebiscitarias en España,
aunque el propio Artur Mas ya les dio un carácter muy similar a las
autonómicas de 2012. La referencia que en los últimos días se ha hecho
en algunos foros a las municipales de 1931 que se convirtieron en un
plebiscito sobre la monarquía —y derivaron en una proclamación de la
República por la vía de los hechos—, es rechazada por los
constitucionalistas. No es comparable, dicen, porque entonces España
salía de una dictadura y no existía una “legalidad constitucional
democrática”. (El País, 06/10/2013)
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