"Los servicios jurídicos del Parlament han alertado de los riesgos
legales que supondría que la Cámara prosiga el camino de la
independencia y aplique el contenido de la resolución independentista aprobada el pasado 9 de noviembre
y que anuló el Tribunal Constitucional.
Un informe jurídico que firma
el letrado mayor, Antoni Bayona, explica que el Estado no permanecerá
impasible si continúan adoptándose medidas para “desconectar” de España,
de manera que esas decisiones podrían ser recurridas y suspendidas de
manera inmediata.
El documento fue encargado por la Mesa del Parlament a petición del
grupo de Catalunya sí que es Pot y fue demorándose en su redacción, de
forma que en el 2 de diciembre se dictó la sentencia del Constitucional
que anula la polémica resolución de la Cámara.
De ahí, que el informe,
fechado el pasado 15 de diciembre, señale que la doctrina de la
sentencia es muy clara y que “no es nada descartable que ante cualquier
actuación futura del Parlament relacionada con la resolución, el Estado
intente promover un incidente de ejecución y pida la nulidad de una
decisión parlamentaria por entender que contradice la sentencia”.
El letrado defiende la competencia del Parlament para elaborar leyes y
recuerda que de la sentencia “no se desprende ninguna prohibición a esa
competencia”, pero recuerda la posibilidad que siempre tiene el
Gobierno de promover un recurso de inconstitucionalidad y de impugnar
una decisión del Parlament y de los efectos suspensivos inmediatos que
se produciría.
El informe advierte de que “es posible que estas vías
sean utilizadas por el Estado contra cualquier decisión del Parlament
que tenga relación directa con la resolución” independentista. El
letrado mayor va más allá y alerta de que se está refiriendo
“especialmente” a las anunciadas leyes del “proceso constituyente, de
Hacienda y de Seguridad Social que se anuncian en el apartado quinto de
la resolución” secesionista.
Por eso, insiste el informe, “la doctrina de la sentencia pone en
evidencia cuáles pueden ser las dificultades jurídicas a que se pueden
enfrentar las futuras decisiones del Parlament y lo que eso puede
significar en relación con las posibilidades que sus previsiones puedan
materializarse”. (...)
El informe alude a la reciente reforma de la Ley Orgánica del
Tribunal Constitucional y asegura que podría invocarse para exigir el
cumplimiento de la sentencia si el Parlament toma nuevas decisiones “con
efectos análogos o parecidos”.
El letrado mayor añade que eso podría
considerarse una “contravención de la sentencia” y reitera que eso
serviría para “cualquier decisión que adopte el Parlament, especialmente
de aquellas que puedan insistir en la promoción y concreción del
proyecto político de creación de un Estado independiente al margen de la
reforma constitucional”.
“La sentencia del Tribunal Constitucional comporta la obligación de
que el Parlament la cumpla”, recalca el informe en su primera
conclusión, aunque constata que el ejercicio de la función parlamentaria
“está garantizado directamente por el Estatut” y otras leyes, y no
puede quedar condicionado a la polémica resolución secesionista ni a su
nulidad." (Pere Ríos
, El País, Barcelona
13 ENE 2016)
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