"(...) A este respecto, la legislación no deja lugar a dudas: la secesión
unilateral de parte del territorio de un Estado no es aceptada por
ninguna Constitución del mundo ni por el derecho internacional más que
en casos excepcionales.
La Constitución de 1978, refrendada por la
mayoría de los catalanes, concede a las autonomías competencias más
amplias que a entidades equiparables en otros países europeos, sin
incluir la capacidad de decidir la secesión.
El principio de integridad
territorial de los estados, uno de los pilares de la Carta de la ONU, no
deja otra vía legal para la independencia de Catalunya que su
aceptación por las Cortes y la adopción por estas de la correspondiente
enmienda constitucional. En su defecto, una hipotética declaración de
independencia no tendría validez para el derecho internacional.
El
principio de autodeterminación de los pueblos, adoptado para liquidar
los imperios coloniales tras la Segunda Guerra Mundial, sólo es
aplicable, según la doctrina de la ONU, a las colonias, en caso de
dominación extranjera, o en supuestos de genocidio o de violación masiva
y flagrante de los derechos humanos.
En cuanto a la Unión Europea, el
artículo 4.2 del tratado de la Unión prevé que "la Unión respetará las
funciones esenciales del Estado, especialmente las que tienen por objeto
garantizar su integridad territorial, mantener el orden público y
salvaguardar la seguridad nacional".
En caso de una secesión de
Catalunya, España seguiría siendo titular de todos los tratados y
miembro de las organizaciones internacionales de las que es parte,
viéndose Catalunya, por el contrario, desvinculada de ellos. Catalunya
quedaría fuera de la UE, de la ONU, de la OTAN, de las organizaciones
económicas internacionales (OMC, FMI, Banco Mundial, OCDE).
Tendría que
negociar, si le interesara, cada uno de estos tratados y el ingreso en
cada una de estas organizaciones. El ingreso en la UE y en la OTAN exige
la unanimidad de los estados miembros, ya que cada uno de ellos tiene
derecho de veto. Los principales representantes de la UE han reiterado
que, en caso de independencia, Catalunya sería para la Unión un país
tercero, quedando al margen de sus instituciones y tratados.
En cuanto
al ingreso en la ONU, requiere el voto favorable de dos tercios de los
miembros de la Asamblea General, tras la propuesta favorable del Consejo
de Seguridad, donde los cinco miembros permanentes tienen derecho de
veto. Rusia y China, enfrentadas a fuerzas secesionistas, defienden a
ultranza el principio de integridad territorial. Rusia vetó el ingreso
de Kosovo en la ONU y China, aunque no lo vetó, se opone igualmente a
él.
En cuanto a EE.UU., país que en su día mantuvo su unidad territorial
tras una cruenta guerra civil, el presidente Obama manifestó, en
vísperas del referéndum sobre la independencia de Escocia: "Tenemos gran
interés en que uno de los aliados más cercanos que jamás tendremos siga
siendo un socio fuerte, robusto, unido y efectivo".
El primer ministro
de Francia, Manuel Valls, declaró el pasado año: "Creemos en una España
fuerte. Si alguien piensa que se puede salir de un país sin
consecuencias económicas, se equivoca completamente. La salida de
Catalunya de España tendría consecuencias peligrosas para España, para
Catalunya y para Europa".
Partiendo de una realidad jurídica muy
diferente a la nuestra, el Reino Unido autorizó el referéndum para la
independencia en Escocia; pero el Gobierno británico la combatió
activamente y no tiene ningún interés en un precedente que pudiera
reavivar el nacionalismo escocés. De lo anterior se desprende que los
miembros permanentes del Consejo de Seguridad no ven con buenos ojos una
eventual independencia de Catalunya.
Alemania no es miembro del Consejo
de Seguridad, pero nadie ignora que es la principal potencia europea.
La canciller Merkel, en julio del 2014, en respuesta a una pregunta
sobre Catalunya dijo: "Defendemos la integridad territorial de todos los
estados, que es algo totalmente distinto de la independencia de una
región".
Por todo ello, se debería identificar lo que nos separa
para ver qué solución amistosa y negociada encontramos, modificando, si
fuera preciso, por los cauces legales existentes, el marco jurídico
actual.
Las partes deberían, por un lado, comprometerse a no vulnerar el
Estado de derecho y, por otro, no atrincherarse en un paralizante
inmovilismo. Los embajadores de España firmantes de este artículo,
leales a nuestra condición de catalanes, españoles y europeos, llamamos
con insistencia al diálogo." (Eudaldo Mirapeix , Fernando Perpiñá-Robert , Raimundo Bassols , La Vanguardia, 11/05/2015)
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