"Los municipios catalanes disconformes con una eventual
declaración de independencia de Cataluña tienen a mano un plan B:
convertirse en aragoneses. El Estatuto de autonomía de Aragón incluye,
desde su versión inicial de 1982, un artículo que abre la puerta a la
incorporación de entidades locales de otras comunidades. Y que no exige
que sean limítrofes para poder acogerse a esa medida.
Esa posibilidad está recogida en el artículo 10 del Estatuto,
el que cierra su título preliminar, que establece que “podrán
incorporarse a la comunidad autónoma de Aragón otros territorios o
municipios, limítrofes o enclavados”, siempre que cumplan una serie de
condiciones que incluyen el visto bueno de las Cortes autonómicas y su
posterior convalidación en las estatales; en este segundo caso, mediante
la fórmula de una ley orgánica, que requiere el apoyo de dos tercios
del Congreso.
Este precepto, que siguió formando parte del Estatuto
aragonés tras la reforma de 2007, incluye dos vías, una institucional y
otra popular.
La primera prevé aplicarlo si solicitan la incorporación
“el ayuntamiento o la mayoría de los ayuntamientos interesados”, ya que
el traspaso puede realizarse en bloque. Este procedimiento requiere el
informe, preceptivo pero no vinculante, de la Generalitat o de la
diputación provincial de la provincia afectada en cada caso.
“Que se
oiga a la comunidad o provincia a la que pertenezcan los territorios o
municipios a agregar”, señala el artículo.
La segunda
vía contempla la posibilidad de incorporación en el caso de que “lo
acuerden los habitantes de dichos municipios o territorios mediante
consulta expresamente convocada al efecto y previa la autorización
competente”. Es decir, tras un proceso con consulta.
Este artículo no fue incluido en el Estatuto aragonés mirando al este
–ni tampoco pensando en eventuales procesos secesionistas en Cataluña-,
sino más bien con la vista hacia el oeste y el sur. El expresidente
aragonés Hipólito Gómez de las Roces, que regresó a su profesión de
jurista tras dejar el cargo en 1991, recuerda que su inclusión “se hizo
pensando en los enclaves”, caso de Petilla de Aragón o Ademuz, áreas
administrativamente pertenecientes a Navarra y Valencia enclavadas en
las provincias de Zaragoza y de Teruel, que en su tiempo reclamaban su
incorporación.
“Esa era la idea original”, anota De las Roces, que añade que la
aplicación de ese artículo permitiría que municipios catalanes pudieran
integrarse en Aragón. “Teóricamente y siempre que cumplan el resto de
los requisitos que marca la ley”, matiza, antes de apuntar una ironía:
“La Generalitat se puede encontrar con que desde los ayuntamientos se le
puede plantear algo similar a lo que sus dirigentes plantean con
España”.
El artículo 10 del Estatuto de autonomía de
Aragón fue invocado hace un par de décadas por varios municipios del
Pallars Jussà, en una zona conocida como La Terreta, que mantiene
estrechos lazos con la Ribagorza aragonesa.
A
mediados de los 90, en plena escalada de tensión con la Generalitat por
la secular escasez de las inversiones en la zona, llegaron a amagar con
poner en marcha el proceso de segregación para incorporarse a la
comunidad vecina. La crisis no superó la fase de tormenta dialéctica." (eldiario.es, 17/01/16)
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