30/12/14

España es un Estado federal en todo salvo en el nombre

"¿España es un Estado federal?

Sin duda. Uno de los federólogos más reconocidos, Ronald Watts, en su libro 'Sistemas federales comparados' dice que España es un Estado federal en todo salvo en el nombre.

Usted también ha analizado en profundidad el federalismo.

Yo he estudiado doce sistemas federales comparados en mi libro 'Los rostros del federalismo': EEUU, Canadá, Australia, México, Argentina, Brasil, España, Austria, Suiza, Bélgica, Rusia y Alemania. Si se estudian los Estados federales, se llega a la conclusión de que el término federalismo hay que conjugarlo en plural porque, en realidad, no hay un federalismo sino que hay varios federalismos distintos. 

Todos son muy distintos entre sí, dependiendo de circunstancias muy diversas como el tamaño del país, la población, la pluralidad interna del país, y de forma muy especial la historia.

Pero, por ejemplo, España no tiene un senado federal.

Es verdad, pero no hay ningún senado federal en el mundo salvo el alemán. No hay un senado federal en Estados Unidos. Allí se elige con un principio Federal, con dos senadores por Estado, pero no tiene nada que ver con competencias federales. El Senado canadiense no es federal, ni siquiera desde el punto de vista de su configuración. El Senado ruso no es un senado federal. 

Y, por supuesto, no lo es el belga ni el austríaco. Cuando se habla de un senado federal en el sentido alemán -el Bundesrat-, es decir, un senado donde están representados los territorios y no los ciudadanos a través de los partidos, solo hay un senado federal el mundo, que es el alemán. 

En el resto de los senados los ciudadanos están representados a través de los partidos. Lo que determina la forma de actuar del Senado estadounidense es la adscripción partidaria, igual que en la Cámara de Representantes. Así, el Senado español no es federal, pero eso no quiere decir que nosotros no seamos federales.

Entonces, ¿no hay un federalismo, digamos, estándar?

Los sistemas de distribución de competencias son muchos, hay muchas variantes. Hay países federales con una descentralización judicial muy fuerte, como EEUU, y otros sin descentralización judicial, como Austria. 

Cuando se comparan, ves que lo que caracteriza al federalismo -que según algunos autores es que hay gobiernos separados y gobierno compartido; entes territoriales que tienen competencia para administrar materias y un gobierno compartido- lo hay en España, sin duda ninguna. Es más, nuestro grado de descentralización en algunas materias es muy superior al que existe en algunos Estados federales.

¿Y por qué se acostumbra a poner en duda que España sea un Estado federal?

Nos empeñamos en no llamarle federal por distintos motivos: desde la izquierda, por seguir jugando con esto de que queremos cambiar la Constitución de forma federal; y desde la derecha, porque creen que el federalismo es una especie de monstruo de siete cabezas que lo va a destruir todo. Tendríamos muchos menos problemas si aceptásemos la realidad: que este es un sistema de tipo federal.

¿Este Estado federal español es asimétrico? Al menos, así lo parece, si tenemos en cuenta los conciertos económicos, las policías autonómicas... ¿no?

Yo distingo siempre entre un Estado federal asimétrico y un Estado federal deshomogéneo. Un Estado federal deshomogéneo es aquel en el que las CCAA -en el caso español- tienen distintas competencias.

 Y esto es normal en todos los Estados federales: donde no hay costa, no hay competencia en materia de costas; donde no hay alta montaña, no hay competencia en alta montaña; donde no hay lengua vernácula o autóctona, no hay competencia en materia de lengua. 

Esto no es característico de España. Hay muchas deshomogeneidades en el mundo federal. Pero lo que caracteriza a una asimetría es que la posición constitucional de los territorios sea distinta. Y esto en España solo ocurre en relación con el régimen económico fiscal vasco y navarro.

¿El derecho civil catalán sería otra asimetría?

Eso no es una asimetría, es una peculiaridad competencial. Como tú tienes un derecho civil, legislas en materia de derecho civil. En realidad, sobre la base de los títulos competenciales de derecho civil foral se han hecho son auténticas legislaciones civiles autonómicas.

 En Galicia, las instituciones de derecho civil foral eran tres o cuatro, y hoy hay una especie de código civil autonómico. En realidad, eso lo único que significa es que tienes competencia en esa materia.

¿Y la lengua?

La lengua es una peculiaridad desde el punto de vista sociológico y cultural, pero desde el punto de vista jurídico solo significa que tienes competencia en esa materia. Las CCAA que no tienen lengua vernácula no tienen esa competencia.

¿Hay algún caso paradigmático de Estado federal asimétrico propiamente dicho?

La mayor parte de los Estados federales son simétricos. Hay algunas asimetrías. Por ejemplo, las capitales federales suelen tener un estatuto jurídico especial: Washington DC, México DF, Brasilia... Pero lo que caracteriza al federalismo no es la asimetría, sino la simetría. Es verdad que hay un punto a partir del cual las deshomogeneidades pueden llegar a configurar una especie de régimen asimétrico, que es lo que ocurre con el Estatuto catalán. 

En estos momentos el Estatuto catalán, o mejor dicho, su traducción, es tan diferente a todos los demás que claramente marca un punto en donde la deshomogeneidad se acaba conformando como una especie de asimetría. Aunque esto es perfectamente reversible, bastaría con modificar nuevamente el Estatuto.

Pero las policías autonómicas también son una deshomogeneidad significativa.

Las policías autonómicas se pueden crear siempre y cuando haya esa competencia en el Estatuto. Lo único que necesitas es aprobar una ley de policía autonómica y tener esa competencia en el Estatuto. ¿Por qué no lo han hecho todas las CCAA? Pues por una razón muy sencilla: porque esto vale una pasta. Insisto, lo característico del federalismo es la simetría, y nuestro sistema, hasta la última reforma de los estatutos, ha sido esencialmente simétrico.

¿Cómo encajarían ahí blindajes de competencias para algunas CCAA, como ahora se plantea? ¿Son habituales esos blindajes en los Estados federales?

Lo que hemos dado en llamar blindaje competencial, que es esa definición absolutamente exhaustiva que hace el Estatuto de Autonomía de Cataluña, y siguiendo su estela, el de Andalucía, de lo que significa cada título competencial, yo he sostenido que es inconstitucional y no existe en el mundo federal. 

En Suiza la especificación de competencias es muy detallada, pero en realidad lo que se ha hecho en España es ir determinando el contenido de los títulos competenciales. Esto no se hace en el mundo federal. En las constituciones de los Estados de EEUU no existe esto. 

Realmente el blindaje es una técnica que no es propia del mundo federal, que manifiesta desconfianza hacia el poder central, y que claramente choca con los principios constitucionales. El sistema español es un sistema en el que, cuando hay disparidad de criterios sobre el contenido o el significado de una competencia, lo aclara el Tribunal Constitucional. Y lo que ha hecho el Estatuto es poner negro sobre blanco lo que tiene que decidir el Constitucional en caso de conflicto. Esto no se puede hacer."            

(Entrevista a Roberto Blanco Valdés, con motivo de su nuevo libro: 'El laberinto territorial español'. Es catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Santiago de Compostela, y experto en federalismo, Crónica Global, 17/12/2014)

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