"Wilson apoya la independencia de Cataluña. Al leerlo, me alarmé porque,
¿cuál podía ser el interés del doctor Wilson en apoyar la independencia
de Cataluña? No lo entendía porque sabía que la serie de televisión del
Dr. House había terminado.(...)
Luego, me di cuenta de que lo que leía aludía al antiguo presidente
de esta misma Universidad (1902-1910), y vigésimo octavo presidente de
Estados Unidos (1913 a 1921): el presidente Woodrow Wilson. Mi propia
respuesta me sorprendió, porque Woodrow Wilson nunca habría apoyado la
secesión de Cataluña. Sólo en la ficción podría sostenerse lo contrario.
El presidente Wilson formuló el 8 de enero de 1918, en una
intervención ante el Congreso de Estados Unidos, los conocidos 14
principios que iban a guiar su política internacional después de la Gran
Guerra Mundial.
El principio 5 alude a la libre determinación en los
siguientes términos: “Una solución libre, abierta y absolutamente
imparcial de todas las reclamaciones coloniales, basada en una estricta
observancia del principio de que, en la definitiva resolución de tales
cuestiones de soberanía, los intereses de la población afectada deben
tener igual peso que las reclamaciones equitativas del Estado cuyo
título está por ser determinado”.
El principio sólo se refiere a las colonias. Nunca pensó que podría
ser aplicable a Estados, regiones o entidades subestatales, como
Cataluña, que forman parte de Estados democráticos y de Derecho como el
español o… el norteamericano. Y no lo pensó porque habría alimentado la
pretensión secesionista de algunos Estados de la Unión Americana, como
la hubo e, incluso, aunque de forma muy modesta, continúa todavía en
nuestros días.
Wilson era una persona lo suficientemente inteligente
como para evitar que el principio que formulaba pudiese contribuir a la
liquidación de la “sagrada” Unión.
Esta conclusión se basa en un hecho indubitado: el Tribunal Supremo
de Estados Unidos tiene formulada una doctrina que niega de manera
rotunda la secesión de cualesquiera de los Estados de la Unión.
Y es de
presuponer que un profesor de Derecho constitucional, como era Wilson, o
alguno de sus más de 150 asesores que participaron en la redacción del
discurso de 8 de enero, la conocían perfectamente. Me refiero a la
Sentencia del Tribunal Supremo Texas v. White de 1869 (74 U.S. 700).
El
Tribunal se interrogó sobre la admisión del derecho a la secesión de
Texas. En esta sentencia, se afirma lo siguiente:
en primer lugar, “la
Unión de los Estados nunca fue un vínculo puramente artificial y
arbitrario”, sino forjada por un origen común, simpatías mutuas,
principios afines, intereses similares, relaciones geográficas y
necesidades compartidas.
En segundo lugar, la Unión es “perpetua”, “indisoluble”, […] el
objetivo de la Constitución fue “formar una Unión más perfecta”: “¿Qué
es lo que no puede ser indisoluble sino la más perfecta Unión
perpetua?”.
En tercer lugar, “la perpetuidad e indisolubilidad de la Unión en
modo alguno implica la pérdida de la existencia diferenciada e
individual, o el derecho de los Estados al autogobierno. […] La
Constitución en todas sus disposiciones pretende hacer una Unión
indestructible compuesta por Estados indestructibles.”
En cuarto lugar, “cuando Texas se hizo uno de los Estados Unidos,
entró en un vínculo indisoluble […]. La unión entre Texas y los otros
Estados fue tan completa, tan perpetua y tan indisoluble como la unión
entre los [trece] Estados primitivos. No quedó espacio para
reconsideraciones o revocaciones, excepto mediante la revolución o el
consentimiento de los [demás] Estados.”
En quinto y último lugar, “consideradas como decisiones sometidas a
la Constitución, el Decreto de secesión adoptado por la Convención [de
Texas] y ratificado por una mayoría de los ciudadanos de Texas, y todas
la leyes de su órgano legislativo que pretenden dar efectividad al
Decreto, fueron nulos de pleno derecho. Estaban absolutamente sin
eficacia en Derecho. El Estado [de Texas] no dejó de ser un Estado [de
la Unión], ni sus ciudadanos de ser ciudadanos de la Unión.”
Esta Sentencia nos muestra varias ideas sobresalientes:
1) la unidad
es indisoluble, perpetua, perfecta, indestructible; por lo tanto
2) ni
Texas ni ningún otro Estado tienen derecho a la secesión;
3) la secesión
cabe, o bien fruto de los hechos (revolución), o del acuerdo de todos
los Estados;
y 4) todas las decisiones y actos adoptados por las
instituciones de los Estados, incluso ratificada por la mayoría de los
ciudadanos, proclamando su independencia, son radicalmente nulos por
contrarios a la Constitución. Es la respuesta que mereció la declaración
de independencia proclamada por el Estado de Texas en el año 1861.
Estas ideas no han cambiado en el Derecho constitucional
norteamericano. El 20 de enero de 2010 el Tribunal Supremo de Alaska
prohibió una iniciativa de referéndum de independencia porque “la
secesión es claramente inconstitucional”.
En definitiva, el derecho a
decidir sólo lo tienen, según la doctrina Wilson, las colonias. Y el
Tribunal Supremo de Estados Unidos considera que la Unión es indisoluble
y que cualquier declaración unilateral de independencia es radicalmente
nula. No caben ni los referenda sedicentemente democráticos.
Y hay un
convencimiento de que el Congreso de Estados Unidos nunca permitirá la
secesión del segundo Estado más populoso de la Nación y la decimoquinta
economía del mundo. Así se considera en la primera democracia del mundo.
Sin rubor y sin complejos democráticos, como entre nosotros. (...)
Los sedicentes wilsonianos catalanes deben argumentar, defender y
proclamar que Cataluña es una colonia. Sólo así Wilson, ya no el Dr.
Wilson, podría servir de argumento a favor de la independencia. En caso
contrario, deberán promover la revolución o convencer a todos los
españoles de la conveniencia de su proyecto secesionista, precisamente, a
través de la reforma constitucional.
No hay razón para que lo que vale
en Estados Unidos no valga entre nosotros, cuando, por ende, entre
nosotros hay mayores razones históricas." (Andrés Betancor. Catedrático de Derecho Administrativo, Caffe Reggio)
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