"(...) ► CONSTITUCIÓN DE FINLANDIA. Art. 4. El territorio nacional. "El
territorio de Finlandia es indivisible.”
► CONSTITUCIÓN DE ITALIA: Art.
5. “La República, una e indivisible, reconoce y promoverá las autonomías
…”
► CONSTITUCIÓN DE NORUEGA: Artículo 1: ‘’El Reino de Noruega es un
Estado libre, independiente, indivisible e inalienable”.
► CONSTITUCIÓN
DE FRANCIA. Artículo 1: “Francia es una República indivisible, laica,
democrática y social." Artículo 89, "Ningún procedimiento de revisión
puede ser iniciado o llevado adelante cuando se refiera a la integridad
del territorio."
► CONSTITUCIÓN DE SUIZA: Art. 53: “Toda modificación
del número de cantones se someterá a la aprobación del electorado y de
los cantones afectados, así como al voto del pueblo y de todos los
cantones”
(Cuando en los años 70, se quiso separar una comarca (Jura) de
un cantón (Berna), se hizo un referéndum a nivel de todo el pueblo
suizo).
No sólo la CE78 habla de indivisibilidad. Si la CE78 es
neofranquista por esta consideración, muchas otras están en el mismo
saco. (...)" (Salvador López Arnal , Rebelión, 18/02/17)
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