15/3/18

Falacias y sesgos: el nivel de castellano de los alumnos catalanes... en ningún caso se puede asegurar que los alumnos catalanes tengan un nivel similar o superior en el dominio del castellano con respecto a los alumnos del resto de España

"El pasado día 21 de febrero, a propósito de la polémica que suscitó el anuncio del Gobierno sobre la posibilidad que se contemplaba de ofrecer en la preinscripción escolar la opción de la escolarización en castellano –la famosa casilla–, apareció en El País un artículo, firmado por Jessica Mouzo y Pilar Álvarez, titulado “¿Cuál es el nivel de castellano de los niños catalanes?”, en el que se defendía la misma tesis que ha venido ofreciendo toda la propaganda oficial nacionalista a lo largo de las últimas décadas para legitimar el llamado modelo de inmersión lingüística. 

A saber: que los alumnos catalanes, en el contexto de ese sistema educativo –presentado ordinaria e invariablemente como un “modelo de éxito”–, obtienen resultados similares a los del resto de alumnos españoles (nunca está de más recordar aquello que aseguró en sede parlamentaria el entonces presidente de la Generalitat, Artur Mas, acerca de la pronunciación críptica de los niños andaluces y gallegos, para calibrar hasta qué punto está arraigada en la opinión pública catalana incluso la idea de que los alumnos catalanes tienen mejor dominio del castellano que en el resto de España).  (...)

Las PAU o EvAU:

En Cataluña no hay, en puridad, lo que se llama, alternativamente, según la comunidad,  “comentario de texto”, “comentario lingüístico” o “comentario crítico” del texto de referencia que encabeza la prueba. 

Entendemos por “comentario” la elaboración por parte del alumno de un discurso organizado, coherente y crítico en el que se analicen varios aspectos determinantes del texto propuesto, tales como la organización de las ideas, la modalidad discursiva, los recursos lingüísticos, la intención, el registro, el ámbito de uso, etc. 

Ese análisis puede ser requerido a través de una única pregunta, lo cual daría lugar a respuestas más abiertas y autónomas (es el caso de la Comunidad de Madrid, Aragón o la Comunidad Valenciana), o puede parcelarse en distintas preguntas que evalúan las mismas capacidades (sería el caso de Castilla y León, el País Vasco, Andalucía, Murcia o Islas Baleares).  (...)

 En Cataluña, sin embargo, los tipos de ejercicios propuestos para la reflexión y el análisis del texto de referencia son especialmente particulares. Están absolutamente pautados y no requieren de la elaboración de un discurso complejo. 

En la convocatoria de junio de 2017, en el primer ejercicio se pedía explicar, en un máximo de cuarenta palabras, el cambio de un tiempo verbal por otro en dos partes diferenciadas del texto. El segundo ejercicio consistía en la localización de una anáfora y una catáfora, así como de sus referentes, sin necesidad de justificar la respuesta. 

Y por seguir con los ejemplos: uno de los ejercicios de la convocatoria de septiembre de 2017 consistía en elegir, entre cuatro opciones, el título que mejor se ajustara al tema del texto (un poema de Ángel González) y que estuviera formulado en forma de sintagma nominal. Otro ejercicio se basaba en explicar en un máximo de 20 palabras (alrededor de dos líneas) el carácter expresivo de unos puntos suspensivos.

En ese mismo apartado de la prueba, designado como “Comprensión oral”, se incluyen un par de preguntas sobre las dos lecturas obligatorias de curso. Generalmente, en una de ellas se limita la respuesta a cuarenta palabras y en la otra se ofrece una respuesta cerrada de opción múltiple.

 En ambos casos son cuestiones circunscritas al argumento de la obra (excepto cuando la lectura es una antología poética), y, en ningún caso, se requiere que el alumno reflexione sobre el tema o la estructura de la misma o sobre su incardinación en el contexto histórico y literario de la época. 

Un nivel de exigencia muy por debajo de lo que se demanda en comunidades como el País Vasco, Aragón o la Comunidad de Madrid,  donde la pregunta referida a las lecturas obligatorias tiene que ver con el análisis de algunos de sus aspectos formales o temáticos más relevantes o con su relación con el contexto histórico y literario. 

Conviene destacar, también, que no todas las comunidades autónomas evalúan la lectura de alguna obra literaria, si bien, como se ha dicho más arriba, en todas hay algún ejercicio que evalúa el conocimiento en Literatura.

El último aspecto claramente distintivo de las pruebas de acceso en Cataluña es el que se refiere al análisis sintáctico, que aparece en las pruebas de casi todas las comunidades autónomas (excepto Andalucía y el País Vasco) y que suele tener un peso entre el punto y medio y los tres puntos.

 En todos los casos (excepto en Islas Baleares, donde las preguntas son más pautadas) el ejercicio consiste en analizar pormenorizadamente (en forma de diagrama de árbol, de cajas o de manera discursiva) todos los elementos de una oración (generalmente compleja) y su estructura a nivel interoracional e intraoracional. 

En Cataluña, sin embargo, la evaluación de ese aspecto se resuelve con dos preguntas con respuesta de opción múltiple y otra en la que hay que escoger entre dos opciones y justificar, en un máximo de 40 palabras, dicha elección.

Existe, a su vez, una peculiaridad de las PAU en Cataluña que afecta a toda la estructura de la prueba, y que se relaciona con el tipo de pregunta que se formula y con el tipo de respuesta que se demanda. En el examen de junio de 2017 había en el global de la prueba seis preguntas abiertas (el resto eran preguntas tipo test o cerradas). 

En cuatro de ellas se limitaba la respuesta a un máximo de 40 palabras, en otra a un máximo de entre 100 y 150, y en otra a un máximo de 20. Eso significa que, en el mejor de los casos, un alumno catalán, en el examen de Lengua Castellana de las PAU, escribe unas 330 palabras, que equivaldrían a poco más de una cara de folio. Para hacerse una idea de las diferencias entre comunidades a este respecto, hay que destacar que en Castilla y León, sólo para el comentario de texto el límite orientativo que se establece son 35 líneas. 

No se trata de un aspecto menor, porque esta circunstancia, como ya se ha apuntado antes, condiciona decisivamente la penalización por errores ortográficos.

En relación con este aspecto, hay una gran disparidad de criterios entre comunidades. En Cataluña el descuento es de 0,1 por error ortográfico, léxico o gramatical, sin límite máximo, pero conviene no perder de vista que el volumen de escritura que exige la prueba es más bien bajo, así que, ante una alta concentración de faltas (pongamos una cada dos líneas, de un total de unas 30), el descuento sería de 1,5 puntos.

 En el resto de comunidades las diferencias son sustanciales: en un extremo encontramos a Aragón, que establece un descuento máximo de 1 punto por errores ortográficos y estilísticos; en el otro, encontramos comunidades como Extremadura o Castilla-La Mancha (en la primera, la comisión de cinco errores ortográficos —sin contar las tildes, que penalizan aparte— supone el suspenso de la prueba; en la segunda, cometer más de cinco faltas relacionadas con el uso de las grafías acarrea obtener un 4 como calificación máxima). Y después hay comunidades que se mueven en un término medio

 A tenor de todo lo expuesto, por tanto, se puede concluir que existen algunas diferencias sensibles entre las distintas comunidades autónomas, sobre todo en lo relativo a la estructura de la prueba, al tipo de pregunta y a los criterios de penalización por errores ortográficos, a pesar de lo cual se puede vislumbrar un esqueleto común entre la mayoría de ellas. 

Si hay una comunidad, de todas las analizadas, que se desvía sustancialmente —en cuanto a contenidos y estructura de la prueba— con respecto a las demás, esa es Cataluña.

 Lo cual conduce, inevitablemente, a una conclusión muy diferente a la que planteaba el artículo de El País. A saber: que la prueba de acceso a la universidad de la asignatura de Lengua Castellana que se realiza en Cataluña se aparta tanto de la prueba que efectúan el resto de comunidades que, en ningún caso, el cotejo de sus resultados arroja información fiable acerca del verdadero dominio de la lengua castellana de los alumnos catalanes. (...)

La EGD de 2009 y 2010

Otra de las pruebas externas que tradicionalmente ha blandido el nacionalismo catalán para justificar y legitimar el modelo de inmersión lingüística ha sido la Evaluación General Diagnóstica que, en los años 2009 y 2010, aplicó el Ministerio de Educación en todo el territorio nacional a los alumnos de cuarto de Primaria y de segundo de ESO, respectivamente.(...)

En todas las comunidades se pasó la misma prueba, y eso llevó a muchos de los que analizaron los resultados a suponer que el apartado de comunicación lingüística se evaluó en castellano en todo el territorio nacional. Sin embargo, como consignó la plataforma Convivencia Cívica en su informe “La lengua española en la educación en Cataluña”, en ambas Evaluaciones Generales, en Cataluña se tradujo la prueba al catalán, de tal forma que sus resultados, en cuanto a la competencia lingüística, no informan, en ningún caso, del dominio del castellano por parte de los alumnos catalanes. 

A quien esté tentado de recurrir al argumento ad hominem para poner en duda la veracidad de los datos aportados por Convivencia Cívica (recurso bastante extendido en la opinión pública cuando se trata de cuestionar algunos dogmas como el de la inmersión lingüística), conviene recordarle que en dicho informe se incluye la reproducción de un documento oficial del Consell Superior d’Avaluació del Sistema Educatiu (organismo de la Generalitat) que confirma este extremo. 

Curiosamente, ese informe preparado por el Consell, del que se extrae la información relativa a la lengua en la que se realizó la prueba, no está accesible desde la página web del organismo.  

Las pruebas de competencias básicas

 Como quedó apuntado más arriba, resulta un tanto desconcertante que se presenten estas pruebas, organizadas por la propia Generalitat, como aval del buen dominio del castellano en los alumnos catalanes a partir de la comparación con los resultados en lengua catalana. 

Pero, como se dijo al principio, esa relación parece deductivamente cuestionable, porque, del mismo modo que en las pruebas de cuarto de ESO del curso 2016-2017 la lengua castellana obtuvo una puntuación media global de 77,2 puntos y la lengua catalana de 74,6 puntos (una diferencia de aproximadamente dos puntos y medio), el inglés obtuvo una puntuación media de 74,1 y el francés de 79,9. 

Es de suponer que a nadie se le ocurre pensar que los alumnos catalanes tienen un dominio superior de la lengua francesa al que tienen de cualquiera de las dos lenguas autóctonas y oficiales, o que su nivel de inglés es prácticamente equiparable a su nivel de catalán. De la misma forma que parece poco razonable comparar esos resultados de francés e inglés de los alumnos catalanes con los resultados que obtienen los alumnos francófonos en Francia y los alumnos anglohablantes en Gran Bretaña. (...)

(...)  La prueba básicamente se estructura en dos partes: una en la que se evalúa la comprensión lectora del alumno y otra en la que se evalúa la expresión escrita. La primera consiste en la lectura de tres textos muy accesibles (hasta febrero de 2018 habían sido dos) para los que se plantea una batería de preguntas relacionadas con el procesamiento de las ideas principales, la reorganización de la información del texto, la identificación del significado de algunas palabras o la discriminación de algunos recursos literarios. 

Todas esas preguntas (excepto tres, que se introdujeron también en 2018) se resuelven con una respuesta cerrada de opción múltiple. En las preguntas abiertas que se propusieron en 2018 no había que tener en cuenta, en la corrección, ningún tipo de error ortográfico o morfosintáctico.

Por su parte, la expresión escrita consiste en la elaboración de un texto de unas 150 palabras en cuya corrección se tienen en cuenta siete criterios: adecuación, coherencia, cohesión, léxico, ortografía, morfosintaxis y presentación. Cada uno de ellos, excepto el último, se evalúa con una puntuación que oscila entre los 0 y los 4 puntos.

La corrección de las pruebas es externa. La parte de respuesta cerrada se corrige mediante un procedimiento informático, para lo cual se contrata a una empresa especializada. Y las tres preguntas abiertas y la expresión escrita las corrige un corrector de otro centro, un procedimiento muy similar al de las correcciones de las pruebas de acceso a la universidad. (...)

Queda demostrado, por tanto, por todo lo expuesto, después de analizar con cierto detalle información extraída en muchos casos de la red y, por tanto, accesible para cualquiera, que ninguna de las pruebas a las que aludía el artículo de El País, firmado por Jessica Mouzo y Pilar Álvarez, sirven para calibrar el verdadero dominio que los alumnos catalanes tienen de la lengua castellana.

 Llama la atención, eso sí, que las autoras del artículo, publicado en un medio tan prestigioso como El País, no hayan contrastado algunos datos esenciales sobre la mecánica y la estructura de las pruebas y se hayan limitado a actuar como caja de resonancia del discurso nacionalista oficial, ese que lleva tantos años intentando convencer a la opinión pública —con un éxito indudable, por cierto— de que el sistema de inmersión lingüística es un modelo de éxito, avalado por organismos internacionales —nunca se dice cuáles— y garante de la cohesión social.

A falta de pruebas sobre el dominio del castellano que permitan una evaluación homologable de los resultados, lo que arrojan los datos hasta ahora disponibles resulta de una evidencia palmaria: que en ningún caso se puede asegurar que los alumnos catalanes tengan un nivel similar o superior en el dominio del castellano con respecto a los alumnos del resto de España. 

Y no es una evidencia menor, porque ese ha sido uno de los pilares legitimadores fundamentales de la inmersión lingüística en Cataluña."              (Iván Teruel , profesor de Secundaria en la provincia de Gerona, Crónica Popular, 01/03/18)

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