"Cataluña no es soberana, pero puede aspirar a serlo.
El pleno del Tribunal Constitucional anuló este martes, por unanimidad, el primer principio de la declaración de soberanía aprobada por el Parlamento catalán en enero de 2013, que proclamaba al pueblo catalán como “sujeto político y jurídico soberano”.
Sin embargo, el tribunal ha considerado, también por unanimidad, que el resto de principios, incluidas las referencias al inicio del proceso para conseguir el “derecho a decidir” de los ciudadanos de Cataluña, “no son inconstitucionales”. Aunque, para llegar a conseguir ese objetivo, el Constitucional aclara que habría de adoptarse dentro del marco legal y constitucional vigente.
La sentencia indica que el “derecho a decidir” que se recoge en la declaración impugnada “no consagra un derecho de autodeterminación no reconocido en la Constitución, sino una aspiración política a la que solo puede llegarse mediante un proceso ajustado a la legalidad constitucional”. (...)
De esta manera —estimando solo una parte del recurso planteado por el Gobierno— el pleno del Constitucional alcanzó este martes el consenso con una sentencia atípica, ya que dedica buena parte de su argumentario a plantear que la Norma Fundamental no es inamovible, incluido el artículo 2 que habla de la indisoluble unidad de España, por lo que puede ser reformada. (...)
El fallo avisa de que cualquier iniciativa tendente a conseguir el “derecho a decidir” debe plantearse mediante una propuesta de reforma de la Constitución y recuerda que el Congreso “deberá entrar a considerar” una propuesta de ese tipo si la hace el Parlamento catalán. Los partidos mayoritarios, PP y PSOE, rechazan una reforma constitucional de ese tipo. (...)" (El País, 25/03/2014)
"(...) La noticia es el doble no del Tribunal Constitucional, no a la declaración de soberanía del Parlamento autonómico catalán y no a la consulta secesionista.
La respuesta de los afectados es el sí sí en clave monta aquí (el dedo de la peineta).
El pleno del Tribunal Constitucional anuló este martes, por unanimidad, el primer principio de la declaración de soberanía aprobada por el Parlamento catalán en enero de 2013, que proclamaba al pueblo catalán como “sujeto político y jurídico soberano”.
Sin embargo, el tribunal ha considerado, también por unanimidad, que el resto de principios, incluidas las referencias al inicio del proceso para conseguir el “derecho a decidir” de los ciudadanos de Cataluña, “no son inconstitucionales”. Aunque, para llegar a conseguir ese objetivo, el Constitucional aclara que habría de adoptarse dentro del marco legal y constitucional vigente.
La sentencia indica que el “derecho a decidir” que se recoge en la declaración impugnada “no consagra un derecho de autodeterminación no reconocido en la Constitución, sino una aspiración política a la que solo puede llegarse mediante un proceso ajustado a la legalidad constitucional”. (...)
De esta manera —estimando solo una parte del recurso planteado por el Gobierno— el pleno del Constitucional alcanzó este martes el consenso con una sentencia atípica, ya que dedica buena parte de su argumentario a plantear que la Norma Fundamental no es inamovible, incluido el artículo 2 que habla de la indisoluble unidad de España, por lo que puede ser reformada. (...)
El fallo avisa de que cualquier iniciativa tendente a conseguir el “derecho a decidir” debe plantearse mediante una propuesta de reforma de la Constitución y recuerda que el Congreso “deberá entrar a considerar” una propuesta de ese tipo si la hace el Parlamento catalán. Los partidos mayoritarios, PP y PSOE, rechazan una reforma constitucional de ese tipo. (...)" (El País, 25/03/2014)
"(...) La noticia es el doble no del Tribunal Constitucional, no a la declaración de soberanía del Parlamento autonómico catalán y no a la consulta secesionista.
La respuesta de los afectados es el sí sí en clave monta aquí (el dedo de la peineta).
La reacción del Ejecutivo
autonómico y de las fuerzas vivas del proceso está a la altura del
equipo jurídico de la mara Salvatrucha. (...)
La "puerta abierta" de Homs es la tesis editorial de La Vanguardia,
una celebración del refrán "no hay mal que por bien no venga" en
versión seamos positivos. Se titula "El TC cierra una puerta y abre
otra" y comienza como si fuera la noticia:
"El pleno del Tribunal Constitucional
(TC), en un fallo acordado por unanimidad de sus miembros, considera
'inconstitucional y nulo' el principio primero de la Declaración
soberanista y del derecho a decidir del pueblo de Cataluña, aprobada por
el pleno del Parlamento [autonómico] el 23 de enero de 2013, en la que
se establece el 'carácter de sujeto político y jurídico soberano' del
pueblo de Cataluña. (...)
Lo de la botella medio llena está en la entraña del texto:
"Si por un lado el tribunal da un portazo a
la consideración de Cataluña como sujeto político soberano, por otro
abre una rendija a la defensa de las aspiraciones del Gobierno
[autonómico] y de quienes reclaman la celebración de una consulta.
El TC
considera que 'cabe una interpretación constitucional' del llamado
'derecho a decidir' siempre que este se interprete como una aspiración
política que sólo se puede concretar en un proceso ajustado a la
legalidad constitucional y a los mismos principios democráticos que
invoca la declaración del Parlamento [autonómico]: legitimidad
democrática, pluralismo y legalidad.
Ello constituye en la práctica el
reconocimiento por parte del Alto Tribunal de que en ningún caso se
puede hablar de inconstitucionalidad per se de la formulación de ese
derecho en el debate político y, lo que aún es más importante, que no
parece cerrarse la puerta a la traducción en acuerdos políticos que
puedan concretar el ejercicio de ese mismo derecho dentro de la
legalidad. Es tanto como decir que la consulta podría llegar a
celebrarse previo acuerdo político".
Efectivamente, todo es posible, hasta que el federalismo se convierta
en el tubo de escape del proceso y que el vilipendiado, incomprendido y
censurado Pere Navarro tenga razón y acabe por ser el Adolfo Suárez (en
el sentido de visionario) de la "Transició" catalana.
El editorial de La Vanguardia
sugiere esa formulación federalista que tendría un vago precedente en
aquel "de la ley a la ley" de Torcuato Fernández Miranda, principio y
final de la Transición suarista. En cualquier caso, Homs y Turull pasan
millas de lo que diga el TC, cuyos componentes están recusados por la
"justicia popular" catalanista. (...)" (Pablo Planas, crónica global, Miércoles, 26 de marzo de 2014)
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