"Si llega un niño que pide la escolarización en castellano, se le da
en la misma aula. La clase se hace en catalán, como normalmente, pero la
profesora estará pendiente del niño, le preguntará si lo ha entendido
todo y le explicará lo mismo en castellano”, narra Leonor Carbonell,
directora de la escuela Pompeu Fabra de Barcelona. Así funciona la
atención individualizada que presta la Generalitat a quienes solicitan
más horas de clase en castellano.
Lo que explica esta directora son unas pautas fijadas por la Ley de
Educación en Cataluña (LEC) de 2009. Carbonell reconoce que es un caso
teórico, ya que en su centro nunca una familia ha pedido la
escolarización en castellano.
De hecho, solo cinco han ganado el pulso
lingüístico en los tribunales y están recibiendo atención
individualizada, según la Generalitat. Esto supone que, aparte de las
explicaciones adicionales del profesor, los niños hacen los exámenes
también en castellano.
La última sentencia del Tribunal Supremo (TS), conocida el martes, que
ratificaba una resolución anterior del Tribunal Superior de Justicia de
Cataluña (TSJC), avalaba el modelo de inmersión lingüística en catalán,
pero obliga a que se respeten los derechos individuales de quienes
quieren como lengua vehicular el castellano.
¿Cómo deben respetarse
estos derechos? La resolución del alto tribunal señala que estos no se
satisfacen “con una atención particularizada en castellano”, sino que la
Generalitat debe, en estos casos, “y en la proporción que estime
conveniente”, permitir que estos niños “junto con los condiscípulos”,
utilicen “el castellano como lengua vehicular”, referido “ese sistema al
seguido en el colegio y curso”. (...)
“El Supremo ratifica la idea del castellano como lengua vehicular en la
enseñanza. Y la Generalitat esto lo canaliza a través de la atención
individualizada, cosa que ni el TSJC, ni el Supremo consideran
suficiente”, tercia Albert Branchadell, profesor de filología catalana
de la Universidad Autónoma de Barcelona y experto en inmersión
lingüística. (...)
Otro frente complicado que se le abre a la Generalitat a raíz de las
sentencias es cuándo lo garantiza. La LEC solo contempla la
escolarización en castellano durante la educación infantil (los niños
llegados de otras comunidades o países pueden solicitarlo
independientemente del ciclo educativo).
Branchadell tercia que la
sentencia del Supremo entiende que la atención en castellano se debe
ofrecer en todos los niveles educativos. “Hay una tensión entre la
sentencia y la LEC, que habrá que resolver. El Supremo en 2010 reconocía
el castellano como vehicular, cosa que contradice el espíritu de la
LEC”, remacha el experto." (El País, 27/02/2013)
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