"La Generalitat considera que el derecho de los ciudadanos a estudiar en español en Cataluña está «profundamente garantizado» con los tutores escolares. «Gracias a esta figura se respetan los derechos de las personas tal y como dice el Tribunal Supremo», explicaron a este diario fuentes del departamento de Educación tras conocerse el fallo del Alto Tribunal que obliga al Govern a ofrecer la opción de estudiar en castellano. (...)
De acuerdo con esta normativa, los padres pueden elegir que sus hijos estudien en catalán o en castellano hasta la edad de ocho años. En la práctica, según las citadas sentencias, la opción de cursar la primera enseñanza en castellano no se aplica, al carecer los impresos de preinscripción de casillas que permitan a los padres señalar en qué lengua quieren escolarizar a sus hijos.
Los impresos de preinscripción de las escuelas catalanas no tienen una casilla en la que los padres puedan especificar en qué lengua quieren que sean educados sus hijos. Esta ausencia ha sido considerada ilícita en sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y en una que el Tribunal Supremo dictó el pasado 12 de diciembre. Los jueces se remiten al artículo 21.1 de la Ley de Política Lingüística que otorga el derecho «a recibir la primera enseñanza en la lengua habitual» del niño.
Sin embargo, la Generalitat insiste en que sí garantiza ese derecho, ya que los padres que deseen que a sus hijos se les dé la primera enseñanza en castellano tienen la opción de solicitarlo ante la dirección del centro escolar. Una vez recibida la petición, el colegio pone a disposición del alumno un tutor lingüístico, que se sienta junto al niño y le va traduciendo del catalán al castellano todo lo que ocurre en el aula. (...)
Pero el Supremo rechaza este argumento con la tesis de que «la omisión en el impreso de preinscripción de las preguntas dirigidas a conocer la lengua habitual del niño» suponen «un incorrecto ejercicio de la potestad discrecional, pues esa decisión o su contraria no son soluciones igualmente justas», ya que «ni la Constitución ni el Convenio Europeo consagran derechos meramente teóricos o ilusorios, sino reales y efectivos, siguiendo en esto la doctrina alumbrada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos». (EL MUNDO, 29/12/2008 . Citado por Fundación para la libertad)
O sea, profesores que hablan indistintamente catalán y español (esto no es Francia, los profesores franceses solo hablan en francés), son capaces de no contestarle una pregunta de un niño de cinco años si la hace en castellano ¡Menuda moral! Saben que pedagogicamente es un desastre, y una humillación. Han leido y oido que esa misma humillación la sufrieron los niños catalanofalantes en las escuelas franquistas ¡Pero hacen lo mismo! Es que lo manda la Generalitat...
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