"El nombramiento de Pere Soler, un independentista acérrimo,
como nuevo jefe político de los Mossos d’Esquadra ha puesto en cuestión
la neutralidad y la imparcialidad de la policía autonómica catalana
ante el referéndum ilegal previsto por la Generalitat para el 1 de
octubre.
“No lo podrán evitar”, escribió en Twitter el pasado 4 de julio
cuando el president Carles Puigdemont presentó en el Teatre Nacional de Catalunya el texto –todavía no registrado oficialmente- de la Ley del Referéndum.
El historial en la red social de este abogado convergente de Terrassa
(Barcelona) abunda en referencias despectivas a España, a la que tacha
de “país de pandereta” y los españoles: “me dan pena”, escribió en
octubre de 2016.
La aceleración del proceso secesionista -con la remodelación del Ejecutivo de Puigdemont
y el reforzamiento de Oriol Junqueras para llevar a cabo el pretendido
referéndum de autodeterminación- ha reabierto el debate sobre las
medidas legales con que cuenta el Gobierno español para evitarlo. Casi
todos los escenarios contemplados por políticos y expertos en Derecho
plantean la posibilidad de que, en un momento u otro, la Administración
central deba asumir el mando de los Mossos si la Generalitat insiste en
desobedecer las sentencias del Tribunal Constitucional que prohíben la consulta.
Los posibles mecanismos que tiene el Gobierno, según las fuentes consultadas, son el recurso al artículo 155 de la Constitución
y, ya en casos mucho más extremos, los estados de excepción y sitio del
artículo 116. Otras fuentes apuntan, sin mucho convencimiento, a la
aplicación de la Ley de Seguridad Ciudadana, aprobada en 2015.
Cualquiera de ellos sería inédito en 40 años de democracia y los tres
implican un evidente riesgo político.
El artículo 155, que faculta al Estado a adoptar las “medidas necesarias”
para obligar a una comunidad autónoma a cumplir de manera forzosa con
la Constitución y las leyes, y permite al Gobierno “dar instrucciones” a
“todas las autoridades” autonómicas para ello, no ha sido invocado
públicamente nunca por el Ejecutivo. El Gobierno, a través de sus
ministros prefiere insistir en que “no habrá referéndum” y que usará
“todas las medidas legales” a su alcance contra el secesionismo, sin
especificar cuáles.
El artículo 155, pese a su alcance indeterminado –menos la acción de las Fuerzas Armadas, según los expertos lo permite todo-
tiene una puesta en marcha compleja: requiere una notificación al
presidente del comunidad rebelde, en la que se especifiquen qué
incumplimientos se observan y qué medidas se le exige que ponga en
marcha para paliarlos. También necesita de la aprobación por mayoría
absoluta del Senado.
Roberto Blanco, catadrático de Derecho Constitucional
de la Universidad de Santiago, considera que en caso de que la
Generalitat siga adelante con su plan secesionista y convierta a los
Mossos en una “pieza estratégica” se estaría en el “caso típico” de
aplicación del 155. Este pasaría por rescatar la competencia autonómica
de policía y poner a los Mossos bajo la dependencia orgánica del
ministro del Interior, todo ello durante el tiempo estrictamente
necesario. (...)
Ambos juristas rechazan la posibilidad, apuntada en algunos círculos, de que la Ley de Seguridad Nacional, de septiembre de 2015,
permita al Gobierno despojar a la Generalitat –siquiera temporalmente-
de la competencia sobre los Mossos. Esta normativa, pese a su
indeterminación, está concebida para hacer frente a ataques terroristas y
exteriores, como ciberataques, y para garantizar los servicios
esenciales el suministro de recursos energéticos, agua y alimentación,
medicamentos y productos sanitarios.
“Deducir que el Gobierno declare
una situación de seguridad nacional y que convierta la labor de
coordinación en el mando de una policía autonómica me parece una
interpretación muy forzada”, señala Vírgala.
En cualquier caso, a estos extremos solo se llegará
en el caso de que, pese a lo que pueda ordenar Pere Soler, los mossos
decidan desobedecer las sentencias del Tribunal Constitucional. La ley autonómica 10/1994,
que regula la creación del cuerpo, reconoce su carácter jerárquico,
pero señala expresamente que “en ningún caso la obediencia debida podrá
amparar órdenes que entrañen la ejecución de actos que manifiestamente
constituyan delito o sean contrarios a la Constitución o a las leyes”.
Los Mossos, como policía integral de Cataluña, tienen funciones de
policía judicial, lo que les sitúa a las órdenes de los jueces y los
fiscales
La norma recoge que los mossos, además de cumplir la
ley, actuarán “con absoluta neutralidad política e imparcialidad”. El
incumplimiento del deber de fidelidad a la Constitución o al Estatuto de
Autonomía para Cataluña está considerado como una falta muy grave que
puede acarrear la separación del servicio." (Fernando J. Pérez , El País, 19/07/17)
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