"No sabemos el final del envite secesionista en Cataluña, pero sí los
pasos siguientes. Antes de finales de septiembre se producirán dos
hechos substanciales que situarán a las instituciones autonómicas fuera
del orden constitucional.
A la aprobación en el Parlament de la llamada
ley de transitoriedad jurídica le sucederá inmediatamente la
convocatoria del cacareado referéndum mediante una firma que se anuncia
colectiva por parte de todos los integrantes del Govern de la
Generalitat.
También sabemos que el TC suspenderá de inmediato ambas
acciones, y que esa contumaz desobediencia hará inevitable, a la vista
de las sentencias del 9N, la inhabilitación tanto de la presidenta del
Parlament, Carme Forcadell, y de la mayoría de la Mesa, como de los miembros del ejecutivo de Carles Puigdemont,
algunos de los cuales podrían tener que afrontar un delito no solo de
prevaricación sino también de malversación de fondos públicos.
Ahora bien, la pregunta que todo el mundo se hace es si el Gobierno
español activará entre tanto algún otro mecanismo para garantizar la
legalidad constitucional. El debate que subyace es qué tipo de
intervención sobre la Generalitat puede realizarse que sea eficaz.
Mariano Rajoy
insiste tanto en la firmeza como en la proporcionalidad de las medidas
que piensa adoptar. Por su parte, el independentismo sueña con alguna
decisión que pueda ser presentada como excesiva para alimentar el relato
victimista con el que concurrir a nuevas elecciones.
En efecto, el
presidente de la Generalitat dispone en esta enrevesada partida de una
última carta que le confiere una posición de ventaja: la potestad de
disolver el Parlament cuando lo considere conveniente.
Artur Mas
ya lo hizo en dos ocasiones con un objetivo que en ambos casos rebasó
el carácter autonómico de la convocatoria. En noviembre de 2012, el
entonces president quería lograr una mayoría excepcional para
negociar con la Moncloa la convocatoria de un referéndum como en
Escocia. Y en septiembre de 2015, quiso convertir las elecciones
catalanas en el sustituto del plebiscito que no pudo realizar.
La hoja de ruta separatista, enmendada el año pasado con la
incorporación del referéndum, pasa igualmente por la celebración de
elecciones anticipadas. No sabemos cómo van a desarrollarse los
acontecimientos, pero no parece descabellado que la respuesta a la
imposibilidad de celebrar el anunciado referéndum y a los inevitables
procesos judiciales, con una primera inhabilitación que puede recaer
sobre Carme Forcadell, sea una nueva resolución parlamentaria
secesionista que anteceda a esas nuevas elecciones que Puigdemont
anunciará como "constituyentes".
Difícilmente podrían llamarse así,
atendiendo a su propia lógica, si no van precedidas de algo parecido a
una declaración de independencia. Con ello estarán dando cumplimiento al
programa electoral de JxSí, aunque probablemente también cometiendo un
delito de rebelión tipificado en el Código Penal.
Es bastante posible que, entre finales de septiembre, tras el fallido
referéndum, y el primer trimestre de 2018, que es cuando tendrán lugar
como máximo esas singulares elecciones, la mayoría separatista del
Parlamento catalán dispare este último cartucho para alcanzar dos cosas.
Dar un golpe en la escena europea e internacional para ver si cae algún
reconocimiento (entre los 193 Estados de Naciones Unidas siempre puede
haber alguno que decida hacerlo) y, sobre todo, excitar al máximo a su
electorado de cara a esa nueva cita en las urnas con la que intentar
apuntalar una realidad de facto, si es que antes Rajoy no se decide a
intervenir el autogobierno declarando el estado de sitio.
Las encuestas
apuntan a que los independentistas tiene hoy más difícil mantener su
mayoría absoluta, pero sería absurdo pensar que van a dejar de
intentarlo. (...)
Sin embargo, hay una decisión que parece imprescindible adoptar cuando
el separatismo apruebe la ley de transitoriedad jurídica y es la de
suspender temporalmente dos competencias de la Generalitat. Primera, la
referida a los procesos de participación ciudadana, consultas o
referéndums. A la vista está que pretende ser utilizada para realizar
una acción ilegal.
Y, segunda, la posibilidad de convocar
anticipadamente las elecciones, ya que esa competencia va a utilizarse
una vez más para otro fin que no es el autonómico. Ambas suspensiones
competenciales serían posibles a través del artículo 155 de la
Constitución, a criterio de algunos juristas, puesto que está en juego "el interés general de España" que
invoca dicho precepto y a tenor de la doctrina que ha ido desarrollando
el TC desde 2015. Si queremos prevenir males mayores ante lo que
anuncian los políticos separatistas, nada mejor que arrebatarles esa
última carta." (Joaquim Coll, Crónica Global, 05/04/17)
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