12/1/17

Tras las sentencias de Alemania e Italia, no se puede acusar de "no demócrata" a los que no defienden el referéndum secesionista. La legalidad importa...

"La resolución del Tribunal Constitucional (TC) alemán que rechaza que los estados federados organicen referéndums secesionistas ha sido recibida por algunos medios independentistas catalanes con las habituales falsedades y medias verdades con que reaccionan cuando un argumento no abona el proceso soberanista.

En síntesis, el TC con sede en Karlsruhe niega a Baviera la posibilidad de celebrar el referéndum con el siguiente razonamiento: “En la República Federal de Alemania, como estado nacional cuyo poder constituyente reside en el pueblo alemán, los estados federados no son dueños de la Constitución, No hay por lo tanto espacio para aspiraciones secesionistas de un Estado federado en el marco de la Constitución. Violan el orden constitucional”.

Esta resolución es similar a la adoptada en abril del 2015 por el TC italiano, que negó a la región del Véneto la posibilidad de organizar un referéndum consultivo sobre la independencia porque es “radicalmente incompatible con los principios fundamentales de la unidad e indivisibilidad de la República”. En Italia, este principio ni siquiera puede someterse a la  reforma de la Constitución, lo que no ocurre en España.

Pues bien, medios independentistas han intentado minimizar la resolución del TC germano con tres argumentos: no es una sentencia, no entra en el fondo del asunto y la petición era de un único ciudadano, no de millones en la calle como pasa en Catalunya.

ARGUMENTOS FALACES

Los dos primeros son falaces: no es una sentencia, naturalmente, sino una providencia de inadmisión y no se pronuncia sobre el fondo porque la petición no es admitida a trámite. Así, en lugar de destacar que el TC ni siquiera admite la posibilidad de entrar a debatir la cuestión, se le da tramposamente la vuelta al remarcar que el tribunal no ha estudiado el fondo del asunto. Una falacia porque el TC lo que establece en realidad es un doble rechazo: no puede abordar el fondo porque ni siquiera es posible admitir la demanda.

En cuanto a la tercera objeción, jurídicamente es irrelevante que lo pida un único ciudadano o dos millones, pero políticamente no lo es. Por esta razón, si dos millones de ciudadanos piden un referéndum nos hallamos ante un problema político al que hay que dar una respuesta no solo jurídica. Esta es la diferencia entre Baviera y Catalunya. 

La mejor encuesta, las últimas elecciones autonómicas, indica que 2.323.842 catalanes votaron a partidos favorables a un referéndum (102.870 más si se incluye a Unió), sin entrar en el dilema de si la consulta debe ser pactada o unilateral.

El líder del independentista Partido de Baviera (2% de los votos en las últimas regionales), Florian Weber, ha declarado que “la lucha por la independencia no será decidida por un tribunal, sino por la voluntad de los bávaros”. Lo mismo aseguran los dirigentes independentistas catalanes.

 Tienen derecho a decirlo y a trabajar para conseguirlo. A lo que no tienen derecho, como reafirman las resoluciones alemana e italiana, es a denunciar falta de democracia y a acusar de “no demócratas” a los que no defienden el referéndum secesionista."                   (José A. Sorolla, El Periódico, 09701/17)

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