"(...) La reflexión de Solé sobre el derecho de autodeterminación está
provocada por una anécdota parlamentaria. En la Comisión Constitucional
del Congreso, durante el proceso de redacción de la Constitución, el
diputado Letamendía, entonces de Euskadiko Ezquerra, propuso una
enmienda para introducir el derecho de autodeterminación.
La propuesta,
como era de esperar, fue rechazada con el voto en contra de todos los
diputados asistentes, a excepción de Marcos Vizcaya, representante del
PNV, que se abstuvo.
Pero lo que sorprendió a Solé —que por supuesto
votó en contra— fue que Miquel Roca Junyent y Rudolf Guerra,
representantes de Convergència y del PSC, respectivamente, se ausentaron
de la sala unos minutos antes de la votación alegando repentinas y nada
creíbles “urgencias fisiológicas”, llegando incluso a enviarle una nota
mediante un ujier del Congreso, en la que le instaban a que también él
experimentara tan repentinas “urgencias”.
¿Por qué los nacionalistas y los socialistas catalanes se sintieron
tan incómodos ante la enmienda Letamendía y decidieron ausentarse en el
momento de la votación? ¿Por qué este comportamiento tan ambiguo
precisamente en esa cuestión? (...)
Solé considera este derecho como “un principio democrático indiscutible,
pues significa que todo pueblo sometido contra su voluntad a una
dominación exterior u obligado a aceptar por métodos no democráticos un
sistema de Gobierno rechazado por la mayoría tiene derecho a su
independencia y a la forma de Gobierno que libremente desee”.
Desde esta
perspectiva, afecta a la soberanía externa y a la interna, es decir,
tanto a la independencia, a que un Estado no esté sometido a la voluntad
de otro Estado (soberanía externa), como también a la democracia, a que
ciudadanos libres e iguales puedan elegir a sus gobernantes (soberanía
interna). (...)
Debe subrayarse que esta concepción del derecho de autodeterminación
se expresa exclusivamente en términos de democracia, de libertad y de
igualdad, sin mezcla alguna con el principio de las nacionalidades,
defendido desde las ideologías nacionalistas, según el cual toda nación,
entendida en sentido cultural o identitario, tiene derecho a un Estado
propio.
Muestra Solé como este derecho solo está justificado, en determinados
contextos políticos, para combatir a sistemas absolutistas y
antidemocráticos en los que no se respetan los derechos fundamentales.
Por ejemplo, en el pasado, además de los precedentes de Estados Unidos y
de las colonias españolas en América, se invocó el derecho de
autodeterminación en las luchas contra los grandes imperios ruso,
austrohúngaro y otomano, que desaparecieron tras la guerra europea.
Más
tarde, lo invocaron también los movimientos anticoloniales
tercermundistas de mediados de siglo pasado. En todos estos supuestos se
trataba de independizarse de la metrópolis no por cuestiones de
identidad nacional sino porque las leyes eran discriminatorias e
impedían a los colonizados estar en situación de igualdad de derechos
respecto de los ciudadanos de la metrópolis.
El carácter instrumental del derecho de autodeterminación se ve claro
en la disputa entre Lenin y Rosa Luxemburgo. El primero estaba a favor
del derecho de autodeterminación porque la Rusia de los zares era un
gran imperio absolutista y su desmembración podía ser aprovechada para
llevar a cabo reformas democráticas. Por el contrario, Rosa Luxemburgo,
que era polaca, estaba en contra del derecho de autodeterminación porque
ello supondría en su país el triunfo de la aristocracia nacionalista
más reaccionaria.
“No se trataba de una discusión genérica, abstracta y
dogmática —dice Solé Tura— sino de una discusión política en función de
unos problemas muy concretos (…) El derecho de autodeterminación no
puede verse nunca al margen del contexto político en que se proclama y
se ejerce”.
Es precisamente en las páginas finales donde Jordi Solé hace unas
consideraciones sobre el contexto político español del momento en que se
publica el libro. “En un país como el nuestro a estas alturas del siglo
XX —dice— creo que no se puede seguir hablando del derecho de
autodeterminación como mero principio ideológico, es decir, sin explicar
claramente sus implicaciones políticas y, por tanto, sin ponerlo en
relación con nuestro proceso histórico, con el modelo de Estado que
hemos heredado y con el que se define en la Constitución (…)”.
Y añade
que la izquierda no puede ser ambigua en este tema ya que tal ambigüedad
solo puede beneficiar a los partidos nacionalistas “en la medida que
estos tienen en la ambigüedad su razón de ser”, pero “la izquierda no
puede ser ambigua so pena de dejar de ser izquierda”. (...)
Y agrega: “Aun suponiendo que el derecho de autodeterminación se
entendiese como una consulta electoral en el territorio que aspirase a
la independencia, es indudable que a esta consulta electoral sólo se
podría llegar, o bien a través de un proceso insurreccional, o bien a
través de una gran batalla política, con elementos insurreccionales por
medio (…)
Un conflicto de estas características no sería un choque entre
la izquierda y la derecha, ni entre el progresismo y la reacción,
sino un conflicto que atravesaría todas las clases sociales de España y
que escindiría profundamente la sociedad (…)”.
Siguiendo con la lógica
de estos razonamientos, Solé Tura se pregunta si todo ello no
“significaría también la ruptura de todos los partidos, sindicatos y
grupos de la propia izquierda”, para concluir diciendo que “la izquierda
no puede jugar con el derecho de autodeterminación”.
En los últimos años, muchos partidos de izquierda catalanes, en
concreto el PSC e IC, están jugando con el derecho de autodeterminación,
al que ahora denominan derecho a decidir. (...)
La corrupción económica hace mucho daño al sistema democrático. Pero
también hace daño, quizás más, la ignorancia y el relativismo moral:
juguemos al derecho a decidir, parece que una mayoría lo quiere, no vaya
a ser que perdamos votos. Solé Tura era de una madera distinta." (
Francesc de Carreras
, El País, 14 NOV 2014)
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