"(...) ¿A quién quieres más, a España o a Cataluña? Nótese que no estamos
hablando del derecho a preferir, que afecta a la libertad de conciencia,
pues es evidente que todos los catalanes tienen derecho a sentirse más
catalanistas que españolistas o viceversa.
Ni tampoco del derecho a
pronunciarse en público, que afecta a la libertad de expresión, pues
también resulta obvio que todos los catalanes tienen derecho a
declararse secesionistas o unionistas. Sino del derecho a decidir, es
decir, del derecho a escoger una opción rechazando la otra para tratar
de imponérsela a los demás. Lo cual ya es harina de otro costal.
¿De verdad el derecho a decidir es un derecho natural, como pretenden
sus defensores y apologistas? Aquí voy a argumentar contra la
naturalización del derecho a decidir que se ha venido imponiendo de un
tiempo a esta parte, hasta el punto de que el Tribunal Constitucional
acaba de hacerla suya por unanimidad, reconociéndola como políticamente
legítima.
Una legitimidad que se postula como evidente por sí misma,
pero cuya carta de naturaleza me parece perfectamente cuestionable y
quizás incluso rechazable, desde el punto de vista de la razón
democrática y el sentido común ciudadano.
si apoyo el referéndum de autodeterminación como mal menor, según el
ejemplo de Quebec o de Escocia, es por puro pragmatismo político: un
caso típico de que el fin, la coexistencia cívica, justifica los medios,
por irracionales o ilegítimos que me parezcan. Dicho en términos
weberianos, rechazo el derecho a decidir desde la ética de las
convicciones, pero apoyo la consulta decisionista desde la ética de las
consecuencias.
Bien, volvamos a mi alegato contra la naturalización del derecho a
decidir. Ante todo, lo que sí resulta perfectamente legítimo es el
derecho personal a decidir por uno mismo: esta es la base misma de la
autonomía propia.
Por eso, desde el punto de vista individual, está
claro que todo ciudadano catalán tiene derecho privado a decidir qué
quiere ser, si español o no. Esto es como permanecer en la fe católica o
abjurar de su confesión. Pero debe quedar bien entendido que tener
derecho a decidirse no quiere decir que se tenga el deber de decidirlo,
pues también se tiene derecho a mantenerse indeciso.
Es decir, el
derecho individual a decidirse debe incluir no solo la opción ‘o/o’ (o
catalán o español) sino también la opción ‘y/y’ (catalán y español). Se
tiene derecho a querer tanto a mamá como a papá, según mi rancio ejemplo
anterior.
A partir de aquí, elevo el nivel lógico de mi argumentación. Si bien
se tiene derecho personal a decidir por uno mismo, no se tiene derecho a
decidir por los demás. Una mujer tiene derecho a decidir si quiere ser
madre o abortar, pero no puede decidir por las otras. Al revés, debe
respetar escrupulosamente el derecho ajeno a que cada cual decida por su
cuenta, sin imponer a los demás la propia decisión.
O sea que el
derecho a la libre decisión personal termina allí donde empieza el
derecho de los otros a su propia decisión individual. Pues el derecho a
decidir con autonomía debe respetar en justa reciprocidad la autonomía
ajena: es la regla de oro kantiana o el principio liberal de J. S. Mill,
que impide perjudicar a los demás.
Es lo que ocurriría si Cataluña
decidiera separarse perjudicando a los territorios que dependen de sus
impuestos. Y para eso no hay derecho a decidir, como tampoco madres ni
padres tienen derecho a decidir el abandono de los hijos a su cargo.
Así llegamos al tercer nivel lógico de la colectividad. Es verdad que
se tiene derecho a tomar parte mediante el voto en la toma de
decisiones colectivas, como principio básico del régimen democrático.
Pero esa regla de la mayoría está sometida en las democracias
constitucionales a dos restricciones inviolables: las decisiones
mayoritarias deben respetar los derechos de las minorías, y no pueden
anular, condicionar ni menoscabar los derechos fundamentales
garantizados por la Constitución.
Esta es la prueba del algodón que a mi
juicio no supera el pretendido derecho a decidir. Dicho de otro modo:
solo se tiene derecho a decidir colectivamente aquello que no perjudique
los derechos privados inalienables.
En particular, una mayoría de
catalanes no tendría derecho a decidir por todos los catalanes,
desposeyendo de su ciudadanía anterior a los que decidiesen
personalmente seguir siendo españoles. Pues obligarles a catalanizarse
violando su derecho individual a decidir significaría un primer paso
hacia la limpieza étnica.
Este argumento de que ninguna mayoría electoral puede obstruir los
derechos fundamentales garantizados por la Constitución es el que mueve a
rechazar el anteproyecto de nueva ley del aborto que propone el
ministro de Justicia porque viola el derecho de las mujeres a decidir
personalmente sobre su propia maternidad.
Y lo mismo ocurre con el
derecho a decidir reclamado por los soberanistas que desean privar de su
ciudadanía española a todos los catalanes. Pues salvadas todas las
evidentes distancias, estamos ante un caso análogo a la imposibilidad
democrática de que una mayoría electoral apruebe la pena de muerte.
En términos figurados, y hablando metafóricamente, si no resulta
admisible el derecho a decidir la pena de muerte tampoco se puede
aceptar el derecho a decidir la secesión, que supone la pena de muerte
(o de amputación y escisión) de toda una comunidad cívica.
Según el
Corominas, la etimología del verbo decidir procede del latín decidere:
cortar, escindir. De modo que el pretendido derecho a decidir equivale a
arrogarse el falaz derecho de dividir Cataluña y a los catalanes en
dos: o secesionistas o unionistas. (...)" (
Enrique Gil Calvo
, El País, 2 MAY 2014 )
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