19/6/13

"Resultaría deseable que la forma de aplicación del sistema de conciertos —y especialmente la determinación del cupo— se hiciera de tal forma que diera un resultado equivalente al que se obtendría aplicando el régimen común"

"La reforma (del PSC) se plantea en un marco determinado por la crisis económica y la deriva independentista del nacionalismo catalán.

Primera paradoja: sin esa deriva la reforma no se habría planteado ahora, pero el federalismo, con su fuerte componente igualitarista, no es una respuesta a las razones aducidas por el catalanismo para ese cambio de rumbo: ante todo, su reclamación de una financiación menos condicionada por su aportación a la solidaridad interterritorial. 

Esa reclamación se presenta entrelazada con argumentos identitarios: somos una nación, luego tenemos derecho a la soberanía fiscal. Como los vascos.

Esa diferencia con los territorios forales está en el origen del agravio invocado, por lo que, si se quiere ir al fondo del asunto, la primera reforma debería afectar a la disposición adicional sobre los derechos históricos de los territorios forales, de la que derivan los conciertos.

No necesariamente para suprimirla, algo políticamente arriesgado, y tampoco para extenderla sin más a Cataluña, dado el peso de esa comunidad en la economía española.

Pero sí para acotar su alcance, de acuerdo con el criterio expresado ya a fines de los años 80 por Antoni Castells, más tarde consejero de Economía del Gobierno de Cataluña: 
“Cualquier propuesta de futuro debe excluir la hipótesis de generalización del sistema de Conciertos (...) reservado claramente según la Constitución a las Comunidades forales”; lo cual “no excluye sin embargo que resultaría deseable que la forma de aplicación del sistema de conciertos —y especialmente la determinación del cupo— se hiciera de tal forma que diera un resultado equivalente al que se obtendría aplicando el régimen común” (Pasado, presente y futuro de las Comunidades Autónomas. VV. AA. IEC. Madrid, 1989). 

Una reforma en esa dirección sería más justa y más coherente con la lógica federal que el establecimiento del criterio de ordinalidad a la alemana para garantizar que el ranking de recursos por habitante no varía tras la aportación a la redistribución territorial."      ( , El País,  29 MAY 2013 )

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