“Pues bien, varias comunidades españolas, y por mentar tan sólo el acceso al empleo público, llevan largos años discriminando ilegítimamente a los ciudadanos en razón de su lengua. No los discriminan porque establezcan condiciones lingüísticas específicas a los candidatos, que tal es su derecho y su deber como comunidades bilingües que son.
Los discriminan sin derecho porque, tratándose de territorios donde su lengua particular sólo es hablada por una parte pequeña o grande de su población, exigen a todos los aspirantes como requisito (o como mérito decisivo) acreditar el conocimiento oral y escrito de esa lengua. Así se destroza el principio de igualdad, mérito y capacidad para seleccionar a los concursantes. (…)
Además de que todos hablemos y entendamos el castellano, bastantes españoles hablan y entienden también otra lengua que es oficial en sus respectivas comunidades. Ese bilingüismo, cuando es natural y no forzoso o exagerado, real y no artificial, entraña una riqueza para sus hablantes. Naturalmente, no está reñido con la excelencia cuando se hace presente en la comunicación habitual de las gentes.
Pero tiene poco de excelente en esas comunidades en que brilla sobre todo en la toponimia, los rótulos o los documentos oficiales, mientras lo desconoce el grueso de la calle y el comercio, y profesores y alumnos no alcanzan el nivel mínimo requerido en la lengua local. Al contrario, en esas comunidades se vive en una continua hipocresía. (…)
Pues los derechos lingüísticos no son de la Lengua, ni del Pueblo, ni del Territorio ni de cualesquiera ciudadanos, sino ante todo de los hablantes. Pero no de los hablantes en abstracto, sino de los que viven en una particular comunidad lingüística que tiene en esa lengua su medio ordinario de comunicación (y que por lo general será la lengua materna de la mayoría).
Los sujetos de esos derechos son los miembros de esa comunidad de habla, por tanto, y no de otra distinta ni tampoco de la que formaron sus antepasados, y eso mientras permanezcan en esa interrelación local. Por ello mismo, los lingüísticos son derechos territoriales y no de personalidad.
Es decir, no son geográficamente universales como la libertad de expresión, sino dependientes del lugar de residencia de su titular: sólo pueden ejercerse en esa zona, no se trasladan con su sujeto cuando éste se instala en otra comunidad lingüística. Dada la primordial función comunicativa de la lengua, además, aquella comunidad ha de abarcar un número suficiente de hablantes como para hacer probable su viabilidad.
De modo que en una sociedad con recursos escasos aquellos derechos tendrán que parangonarse con otras necesidades y otros derechos en liza. Todo esto está contenido en la Carta Europea de Lenguas Regionales y Minoritarias de 1992, suscrita por España el 2001, sin que algunos hombres de leyes se hayan enterado del todo.
En resumidas cuentas, en esta materia debe regir el principio de adecuación a la realidad sociolingüística. Y desde nuestra plural realidad española se obtienen unas conclusiones que me parecen inapelables.
Que no hay derecho a escolarizar a nadie en una lengua que no sea la propia de su comunidad lingüística, si bien puede y debe adoptarse la cooficial como lengua auxiliar.
Que no se incumple ningún derecho cuando se estudia español en toda España y catalán sólo en Cataluña o gallego sólo en Galicia, porque ese diverso derecho nace de su uso real.
Que en territorios bilingües sería conveniente distinguir zonas lingüísticas -con sus derechos diferentes-, como en Navarra, en caso de que la lengua cooficial estuviera concentrada sólo en unas comarcas.
Que no hay, por tanto, una jerarquía entre los ciudadanos españoles a causa de su lengua, sino una diferencia cualitativa que les imprimen sus lenguas diversas por su extensión: una común y otras particulares.
Que cada comunidad bilingüe ha de contar con funcionarios competentes en las lenguas cooficiales, sólo que según la proporción de usuarios y las tareas públicas acordes con la conducta habitual de los hablantes; que todos los españoles, en fin, pueden comunicarse en su propia lengua con los empleados públicos. No es tan difícil de entender.” (
AURELIO ARTETA: Añoranza de Babel. El País, ed. Galicia, opinión, 21/01/2008, pp. 31)
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