"Los planes de la Generalitat para sustituir unilateralmente a
la Agencia Tributaria (AEAT) son prácticamente inviables.
Académicos de
derecho fiscal y tributario llegan a esta conclusión y plantean serias
dudas sobre el optimismo del Gobierno catalán cuando asegura que la Agencia Tributaria de Cataluña
(ATC) estará lista para asumir el trabajo de la Hacienda española en
una hipotética independencia. La ATC se encuentra bajo el foco mediático
y judicial porque el Departamento de Economía está acelerando su
desarrollo y por la presión que ha generado el caso Vidal.
El
exsenador reiteró públicamente que la Generalitat estaba obteniendo
ilegalmente datos fiscales de los contribuyentes para que la ATC pueda
sustituir a la AEAT en “el día uno de la independencia”.
Antònia
Agulló, catedrática de la Universidad Pompeu Fabra y profesora de
Derecho Financiero y Tributario, ve grandes inconvenientes para
construir una alternativa a la AEAT: “Una cosa es tener una plataforma
tecnológica, otra es obtener una base de datos y otra es tener el sistema informático para cobrar impuestos,
y sin la colaboración de los bancos.
Esto, en mi opinión, es
excesivamente imaginativo. ¿Cómo? ¿Por PayPal? ¿Y cómo se realizan los
embargos? Antes que la herramienta informática hay que tener los datos.
Los datos de los tributos que gestiona la Generalitat no les da para
gestionar los grandes tributos”.
El secretario de Hacienda de la Generalitat, Lluís Salvadó,
sugirió en una conferencia en diciembre y el 8 de febrero en TV3 que
recaudarán impuestos sin los bancos, a partir de plataformas digitales
como PayPal.
A la pregunta si es posible y legal elaborar una base de
datos del historial fiscal de los contribuyentes al margen de la AEAT,
Agulló responde negativamente: “Los datos que posee la AEAT, que
proceden de fuentes diversas, y que cruza para gestionar los impuestos,
son una información que ni es reproducible ni se puede obtener desde
fuera. Conforman una base de datos única. Los datos están protegidos y
pueden ser objeto de consulta controlada, no ilimitada y, desde luego,
no reproducible ni manipulable”.
Maria Luisa Esteve, profesora de derecho financiero y
tributario de la Universitat de Girona, precisa que la Generalitat solo
puede cruzar datos para liquidar los impuestos propios y los cedidos:
“Incluso cuando Oriol Junqueras dice que cruzan datos para perseguir el
fraude fiscal, solo pueden perseguir el fraude de sus impuestos”.
Esteve
destaca que la principal actividad de la ATC no solo podría funcionar
con la colaboración de las empresas, como ha explicado Salvadó: “No es
solo las empresas, son todas las empresas, todos los bancos y todo el
mundo quien debería colaborar”.
Esteve también considera que no puede imaginarse cómo puede
funcionar la ATC sin la cooperación de las entidades financieras: “Si
los bancos no colaboran, es inviable”. Josep Maria Duran Cabré,
académico del Instituto de Economía de Barcelona, centro dependiente de
la UB, tampoco ve alternativa al sistema bancario: “Desconozco las
alternativas que pueden existir, pero sin los bancos, por nuestro
sistema de autoliquidación, cobrar los tributos es sumamente difícil”.
Duran se muestra cauto pero confirma, como Esteve, que la gestión masiva
de los impuestos “requiere mucho tiempo y unos recursos humanos muy
grandes”.
Salvadó detalló en diciembre que la Generalitat “está
cruzando las 130 fuentes de información que nos han de permitir disponer
en unos meses de una base de datos suficientemente solvente para
afrontar el minuto 1 de la independencia”.
Salvadó añadió a EL PAÍS que
las 130 fuentes de información es un concepto de uso común en el mundo
fiscal y que se refiere a datos como el catastro, la matriculación de
vehículos, de aviones o los bienes en el extranjero, entre muchos otros.
Duran dice no saber de dónde sale este concepto de las 130 fuentes de
información.
Agulló también admite no saber “qué se entiende en este
caso por fuentes de información”. Esteve nunca había oído hablar de
ello, “pero puede ser un término interno de las administraciones”.
Traspaso de datos
Salvadó explicó que la Generalitat tiene acceso por ley al
domicilio fiscal de todos los catalanes a través del Censo Único de
Contribuyentes del Estado. Agulló reitera que el acceso a este censo es
“de consulta controlada, limitada, no reproducible y no manipulable”.
“No puede hacerse una consulta masiva de este censo”, dice Esteve.
José
Antonio Fernández, profesor de Derecho Financiero y Tributario de la
UAB, resume que “la ley nos marca que las administraciones tributarias
pueden exigir datos de los contribuyentes, pero estas no pueden ser
comunicadas a otras administraciones o a terceros más que en los casos
que establece la Ley General Tributaria y para fines tributarios, pues
tienen carácter reservado y se obtienen para una finalidad concreta”.
Fernández incide en la Ley Orgánica de Protección de Datos y
en la potestad de crear nuevas bases de datos: “La Administración puede
crear un fichero con datos siempre que se cree publicando la
correspondiente resolución en el BOE o en el DOGC y se contara con el
consentimiento del administrado, excepto si los datos se obtienen para
ejercer competencias propias”.
Duran, Agulló y Esteve coinciden en que no es posible
gestionar impuestos como el IVA, de Sociedades o el impuesto de la renta
(IRPF) sin el traspaso de datos del gobierno. Esteve subraya que la
Generalitat no puede empezar casi de cero y que es fundamental contar
con el historial de datos recogidos por la AEAT durante décadas: “Por lo
que leo y entiendo, porque no lo aclaran bien, el 1 de septiembre
pondrán en marcha una plataforma para gestionar los tributos más
potentes, que ahora gestiona en exclusiva la Agencia española. Para
hacerlo no solo necesitas el soporte tecnológico y administrativo
necesario, que ya es muchísimo, requiere además un montón de datos
impresionante, más de 30 años de datos de todo tipo de los
contribuyentes”. (El País, 12/02/17)
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