"El tribunal insiste en que se debe considerar al castellano como
lengua vehicular junto con el catalán. Las sentencias piden a la
Generalitat que adapte el sistema de enseñanza lingüística sin segregar
a los alumnos.
La sala contenciosa administrativa del Tribunal Superior de Justicia
de Catalunya (TSJC) ha fallado a favor de seis familias que
interpusieron sendas medidas cautelares en contra de la Conselleria d'Ensenyament de la Generalitat
para que adoptara "las medidas necesarias" para que sus hijos reciban
"una enseñanza conjunta en las dos lenguas oficiales, de forma
proporcionada y sin desequilibrios entre ellas".
La resolución
pide a las escuelas que "adapten el sistema de enseñanza a la nueva
situación", sin que esto suponga la segregación de los seis alumnos por
razón de lengua.
El TSJC también ha dictado que la
Administración deberá considerar el castellano como lengua vehicular de
la enseñanza, juntamente con el catalán, tal y como sentenció el
Tribunal Constitucional en 2010, en "la proporción que proceda dado el
estado de normalización lingüística
alcanzado por la sociedad catalana".
La proporción y su puesta en
práctica "corresponde acordarla a la Generalitat" después de atender a
la realidad sociolingüística del centro, detallan las resoluciones.
Las medidas cautelares disponen del voto particular del magistrado Alberto Andrés Pereira,
que considera que el procedimiento cautelar sólo se debe utilizar ante
perjuicios irreparables que, en este caso, no se producen, ya que no
cabe considerar como un perjuicio "la enseñanza conforme al sistema que
han seguido todos los alumnos de Catalunya durante cerca de veinte
años". (Público, 04/01/2013)
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