Los autos declaran ‘el derecho del recurrente a que el castellano se utilice también como lengua vehicular en el sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Cataluña, y en consecuencia y para ello la Generalidad deberá adoptar cuantas medidas sean precisas para adaptar su sistema de enseñanza a la nueva situación creada por la declaración de la Sentencia 31/2010 del Tribunal Constitucional que considera también al castellano como lengua vehicular de la enseñanza en Cataluña junto con el catalán, y de igual modo declaramos el derecho del recurrente a que todas las comunicaciones, circulares y cualquier otra documentación, tanto oral como escrita, que le sean dirigidas por el centro escolar lo sean también en castellano’, y no ‘siempre que así lo solicite’. (lavozdebarcelona.com, 22/12/2010)
............................... las cosas de la clase media ..........................
23/12/10
En la escuela catalana se debe enseñar en los idiomas que hablan los alumnos... el castellano y el catalán (lógicamente)
"El Tribunal Supremo ha hecho públicas tres sentencias -no dos, como se había avanzado este martes- por las que estima los recursos de los padres de alumnos de varias escuelas catalanas que reclamaban ‘que el castellano sea reintroducido como lengua vehicular de forma proporcional y equitativa en relación al catalán en todos los cursos del ciclo de enseñanza obligatoria, y para que todas las comunicaciones, circulares y cualquier otra documentación, tanto oral como escrita, que le sean dirigidas por el centro escolar lo sean en castellano’.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario