"Con o sin referéndum. La Generalitat tiene ya preparado el mecanismo
para activar la secesión inmediata de Cataluña del resto de España si el
Gobierno central impide que se celebre la consulta para la
independencia, prevista para finales de septiembre o principios de
octubre.
EL PAÍS ha tenido acceso al borrador secreto de la Ley de
Transitoriedad Jurídica, la conocida como ley de ruptura. Se trata de un
documento que aspira a funcionar como constitución provisional catalana
durante el plazo de dos meses que, según recoge el mismo texto, tendría
el Parlament para poner en marcha un proceso constituyente que
desembocara en la "república parlamentaria" de Cataluña.
"Si el Estado
español impidiera de manera efectiva la celebración del referéndum, esta
ley entrará en vigor de manera completa e inmediata cuando el
Parlamento constate este impedimento", afirma la disposición final del
borrador.
Las tensiones cada vez mayores dentro del bloque soberanista se han
convertido en una competición por ver quién va más allá en sus
planteamientos, y han actuado como catalizador para acelerar un viaje
sin retorno.
Apenas una decena de personas —bajo la coordinación del
exvicepresidente del Tribunal Constitucional, convertido ahora al
independentismo, Carles Viver Pi Sunyer— han manejado en los últimos
meses el manual de instrucciones para poner en marcha la independencia
de Cataluña. Su lectura demuestra que los últimos movimientos políticos
—la presencia este lunes en Madrid del president Carles Puigdemont para ofrecer por última vez un acuerdo al Gobierno central
que permita celebrar la consulta o la invitación previa de Mariano
Rajoy al líder catalán para que acuda a debatir al Congreso de los
Diputados— son gestos retóricos para cargarse de razón ante el grave
desafío institucional que se avecina.
Varias veces se refiere a sí mismo el borrador como "ley
fundacional", y a lo largo de sus páginas se especifica de manera
exhaustiva —aunque plagada de lagunas legales e incógnitas— hasta el
último detalle de la ruptura: quiénes serían ciudadanos catalanes y cómo
sería posible obtener la nacionalidad; qué leyes españolas
permanecerían en vigor y cuáles dejarían de estar en vigor
automáticamente; cuál sería el destino de los funcionarios de la
Administración General del Estado que residan en Cataluña; qué pasaría
con los contratos de obra o servicios públicos firmados por el Gobierno
central y con los inmuebles propiedad del Estado español.
La mayoría independentista del Parlament ha impuesto ya una
reforma del reglamento que permitiría la aprobación exprés del texto en
trámite de lectura única. En apenas 48 horas, sin capacidad de reacción
por parte de la oposición, la independencia se pondría en marcha.
Y lo primero es lo primero. La parte del articulado que hace
referencia a la justicia en ese nuevo Estado es amplia y detallista.
Con tres claros propósitos: un control riguroso del Gobierno catalán
—sería el jefe de Gobierno quien nombrase al presidente del nuevo
Tribunal Supremo—; la apropiación de todas aquellas causas que afecten a
Cataluña y que están ahora en manos de la Audiencia Nacional o del
Tribunal Supremo español; y la voluntad expresa de "sobreseer o anular
los procesos penales contra investigados o condenados por conductas que
buscaran un pronunciamiento democrático sobre la independencia de
Cataluña o la creación de un nuevo Estado de manera democrática y no
violenta".
Es decir, borrón y cuenta nueva para los políticos que, como
el expresident Artur Más o el exdiputado Francesc Homs, fueron
condenados por desoír al Tribunal Constitucional.
Los autores de este borrador dan por descontados actos y
realidades jurídicas y materiales de enorme trascendencia y complejidad,
como que la nueva república seguiría formando parte de Europa, que las
prestaciones sociales como el paro o las pensiones estarían garantizadas
o que todos los impuestos —y las sanciones por su incumplimiento—
pasarían a depender íntegramente del Govern.
Bajo la lógica constituyente de los redactores, ninguna de
estas disposiciones infringe la legalidad porque, como dice el segundo
artículo, sostienen que "la soberanía nacional radica en el pueblo de
Cataluña, del que emanan todos los poderes del Estado"." (Rafa de Miguel, El País, 22/05/17)
"La Generalitat maniobra para tener el control político del poder judicial.
La ley de ruptura que ha redactado el soberanismo
elimina de un plumazo la división de poderes. El borrador al que ha
tenido acceso EL PAÍS diseña un complejo sistema de elección de jueces y
de la cúpula de la magistratura catalana que, en la práctica,
permitirían al Govern tener bajo su control el poder judicial.
El presidente de la Generalitat se reserva directamente el nombramiento
del fiscal general de Cataluña (una potestad que también tiene en España
el jefe del Gobierno con el fiscal general del Estado), pero además
podrá designar al presidente del Tribunal Supremo catalán.
Los artículos que la ley fundacional dedica al
nuevo poder judicial de Cataluña demuestran la preocupación del bloque
soberanista por atar en corto a este poder del Estado, que está poniendo contra las cuerdas a la Generalitat y al Parlament por las iniciativas que impulsan para celebrar un referéndum ilegal.
Los redactores de la ley dan por hecho que el
actual Tribunal Superior de Justicia de Cataluña se convertirá en el
Tribunal Supremo de Cataluña. El presidente de la Generalitat nombrará
al máximo responsable del Supremo a propuesta de un nuevo organismo, una
especie de Consejo General del Poder Judicial pero mucho más
politizado.
La propuesta partiría de una comisión mixta formada por el
presidente del Supremo catalán, por el ministro de Justicia de una
Cataluña independiente (sería el vicepresidente de la comisión), por
cuatro jueces de la sala de gobierno del Supremo y por cuatro personas
elegidas directamente por la Generalitat. De esta manera, los
soberanistas se garantizarían designar quién está al frente de la cúpula
judicial catalana.
Pero las interferencias políticas también afectan
de lleno al Supremo catalán. La sala de gobierno, que por ejemplo
decidiría el nombramiento de jueces y magistrados, estaría formada por
el presidente del Supremo, los presidentes de sala de las cuatro
jurisdicciones (penal, civil, administrativo y social), los presidentes
de las cuatro Audiencias provinciales y por cinco jueces elegidos por
mayoría absoluta por el Parlamento catalán controlado por los
secesionistas.
El interés por acelerar los plazos para tener
bajo control el poder judicial es evidente en la ley. Así, la norma
establece que cinco días después de que se apruebe la ley fundacional,
el Parlamento catalán elegirá por mayoría absoluta a los presidentes de
sala del Supremo y a los cinco jueces que la Cámara tiene que designar
para que formen parte de la sala de gobierno de la cúpula judicial
catalana.
Solo dos días después se formaría la sala de gobierno del
Supremo catalán. Y ahí se incluye una maniobra para intentar legitimar
este órgano ante posibles negativas de magistrados a participar en la
operación de ruptura. La ley establece que la sala de gobierno podrá
constituirse con la mera asistencia de la mitad más uno de sus miembros,
sin necesitarse un quórum superior.
Es decir, con la presencia
de los cinco magistrados nombrados directamente por el Parlament y la
de los presidentes de sala, la cúpula judicial catalana ya estaría en
marcha. El máximo responsable de la sala de lo civil sería el presidente
provisional del Supremo catalán.
Las maniobras de control también se amplían a la
fiscalía. El borrador establece que el presidente catalán designará al
fiscal general tras escuchar a su Gobierno y deja en manos del
Ministerio de Justicia la elección del resto de fiscales.
La ley contempla la creación de una sala
constitucional que revisaría recursos de amparo y la revisión de
resoluciones judiciales contrarias a la ley fundacional. La
contaminación política en este caso también es clara. Esta sala estaría
formada por el presidente del Supremo, los presidentes de sala y por dos
magistrados elegidos por el Parlamento catalán." (El País, 22/05/17)
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