16/1/17

Tribunal Constitucional alemán: la soberanía recae en la totalidad del pueblo alemán y ningún land es autónomo y competente para decidir su independencia... nada que no diga el Tribunal Constitucional español, italiano, estadounidense...

"A lo largo de estos días se ha difundido el dictamen del Tribunal Constitucional alemán por el que se desestima el recurso presentado por el partido independentista de Baviera sobre la posibilidad de someter a referéndum la independencia de este land.

 Los argumentos en los que se fundamenta el dictamen son de sobra conocidos en nuestro país, ya que se identifican milimétricamente con los utilizados por el Tribunal Constitucional español respecto a la posibilidad de realizar una consulta para la independencia de Cataluña. 

Según la carta magna germánica –afirma el tribunal- la soberanía recae en la totalidad del pueblo alemán y ningún land es autónomo y competente para decidir su independencia. En la Constitución alemana no hay espacio para el secesionismo.

Para que el parecido con España sea completo, Florian Weber, líder del partido independentista, manifestó vía Facebook algo similar a lo que nos tienen acostumbrados los separatistas catalanes: “La independencia de Baviera no la decidirá un tribunal, sino el pueblo de Baviera”.

El dictamen del Tribunal Constitucional alemán representa un duro golpe a las aspiraciones secesionistas de los independentistas catalanes. A partir de ahora les va a resultar difícil convencer a los incautos de que “el proceso” va a contar con apoyo internacional en su hipotética declaración unilateral de independencia y de que, si esta al fin se llevase a cabo, sería compatible con mantenerse dentro de la Unión Europea. 

El golpe es tanto mayor cuanto que los distintos mandatarios europeos ya vieron con enorme recelo el referéndum de la independencia de Escocia, considerando la decisión de Cameron un enorme error. Ello a pesar de que el caso de Gran Bretaña es sustancialmente diferente del de otros países europeos, ya que no goza de una constitución escrita y, que Escocia fue Estado independiente hasta que en 1707 se firmó el Acta de Unión por la que se creaba el reino de Gran Bretaña.

 Tanto Francia como Italia han optado recientemente por ponerse la venda antes que la herida y cortar de raíz toda posible veleidad secesionista realizando sendas reformas administrativas que imposibilitan cualquier conato separatista. Ahora es el Tribunal Constitucional alemán el que deja meridianamente claro que en las constituciones europeas no hay espacio para la autodeterminación de ninguna región.

No es de extrañar que tras el dictamen del Tribunal Constitucional alemán, el nacionalismo catalán y alguno de sus fervientes, aunque disimulados, seguidores de la Vanguardia como Enric Juliana se hayan apresurado a intentar convencernos de que el caso de Baviera no es asimilable al de Cataluña, ya que en los momentos actuales, según las encuestas realizadas, los partidarios de la independencia en el land alemán alcanzan el 23%, mientras que en Cataluña se acercan al 50%. Pero, puestos a buscar diferencias, habría que fijarse más bien en otras. 

Baviera fue independiente hasta 1879, fecha en la que se incorporó a Alemania (momento de la unificación de este país) e incluso entonces fueron muchas las voces que optaron por la integración  en la católica Austria más en consonancia con la religión que se practica mayoritariamente en el ahora land alemán; y de hecho no dejó de ser reino para incorporarse plenamente a Alemania hasta 1918. Cataluña, por mucho que los secesionistas quieran engañarse y engañarnos, no ha sido independiente nunca.

Pero todas esas diferencias, tanto las señaladas por unos como por otros, son irrelevantes a la hora de enjuiciar el contenido del dictamen del Tribunal Constitucional alemán. Ninguna de esas razones son las que motivan el fallo. 

El alto tribunal alemán, al igual que el español, no se fija en si son muchos o pocos los partidarios de la independencia, número por otra parte bastante cambiante, y dependiente de un sinfín de circunstancias, entre otras las ligerezas y debilidades de los distintos gobiernos en conceder prebendas y beneficios a los nacionalistas y que estos aprovechan rápidamente para incrementar su proselitismo. 

El razonamiento del Tribunal parte de un presupuesto anterior, definir el sujeto de la soberanía. Según la carta magna del país germánico, los competentes para decidir sobre cualquier modificación territorial son todos los alemanes. Por lo visto, las altas instancias alemanas también “judicializan” la política.

Entre Baviera y Cataluña existe sí una semejanza esencial. Las dos regiones son las más ricas de sus respectivos países. El descontento de bávaros y catalanes, traducido o no al independentismo, se fundamenta en las fuertes transferencias de recursos que estas regiones, como consecuencia de una Hacienda Pública común, están obligadas a realizar a favor de otras de menor renta. Lo que subyace en ambos casos es la creencia de que España o Alemania “nos roban”. 

En Baviera, especialmente a partir de la reunificación alemana e integración de los länder del Este; en Cataluña, no se puede olvidar que la conversión de la antigua Convergencia a la independencia se produce cuando el Gobierno español se opone a la pretensión de Artur Mas de obtener la misma situación de privilegio que otorga nuestra Constitución al País Vasco, lo que llaman el pacto fiscal. Contra lo que ambas regiones se rebelan es, en definitiva, contra la política redistributiva del Estado.

Por ello cuesta tanto entender la postura adoptada por una gran parte de la izquierda, no solo de la catalana, reclamando el derecho a decidir. Es cierto que en muchos casos detrás de esta pretensión no se esconde un convencimiento ideológico, sino tan solo un oportunismo electoral tendente a conseguir buenos resultados en aquellas Autonomías proclives al nacionalismo. Pero estos planteamientos puramente electoralistas se terminan pagando.

Especial tristeza produce -por lo menos en aquellos que en otros tiempos defendimos a los sindicatos y tanto colaboramos con ellos- escuchar al actual secretario general de UGT abogar por el derecho a decidir de las regiones ricas para librarse de la política redistributiva.

 ¿Defenderíamos el derecho a decidir de los banqueros o de las empresas del IBEX acerca del montante de impuestos con los que deben contribuir a la Hacienda Pública? En honor de la verdad hay que decir que lo que José María Álvarez tiene es un buen cacao mental. Lo demostró el otro día en la entrevista que le hizo Alfredo Menéndez en “Las mañanas de Radio Nacional”. 

Al tiempo que se reafirmaba en su postura a favor del derecho a decidir, negaba que propugnase el derecho de autodeterminación. Y cuando uno de los tertulianos, Paulino Guerra,  le señalaba la contradicción que tal postura implicaba, salía por peteneras poniendo como ejemplo que se había negado el derecho a decidir a los catalanes cuando, tras haber aprobado en referéndum el Estatuto, algunos de sus artículos fueron anulados por el Tribunal Constitucional.

El derecho a decidir es tan solo un eufemismo empleado por los nacionalistas para evitar referirse directamente al derecho de autodeterminación -en realidad, derecho a la secesión- al ser conscientes de que la ONU restringe tal derecho a los territorios coloniales o a aquellos que formando parte de un Estado no democrático son explotados política y económicamente.

 Es difícil tener como no democráticos a Alemania o a España (al menos con los cánones que hoy rigen en Occidente y con los principios sancionados por la ONU), pero mucho más considerar que Baviera o Cataluña son regiones oprimidas.

En sentido estricto, todos tenemos derecho a decidir en muchos asuntos pero nos está vedado, de manera individual o  colectiva, en otros si la persona o el colectivo no tienen competencia para hacerlo. 

Y ello de ninguna manera significa falta de democracia o de libertad. Por ejemplo, individualmente no puedo decidir aquellas cuestiones que pertenecen a mi comunidad de vecinos o incluso las que se refieren en exclusiva a mi piso pero pueden perjudicar al resto del vecindario.

 Los residentes de la Gran Vía de Madrid no les es dado prohibir o permitir el tráfico en esta calle, al igual que a los empadronados en la ciudad de Zaragoza disponer acerca de si se debe o no consentir el paso del AVE por su término municipal, ni a los ciudadanos de Tarragona si quieren separarse de la Comunidad de Cataluña.

En un Estado democrático cada individuo y cada colectivo tienen derecho a decidir de acuerdo con el ámbito de sus competencias definidas por el marco legal, pero no tienen derecho a establecer aquellas cosas que corresponden al derecho a decidir de un ámbito superior. La sentencia del Tribunal Constitucional anulando algunos artículos del Estatuto catalán (y que tanto preocupaba al secretario general de la UGT) en absoluto violó el derecho a decidir de los catalanes.

 El Tribunal definió tan solo en el ejercicio de sus funciones aquello que podía acordar unilateralmente Cataluña y aquello que, por pertenecer al ámbito de decisión de todos los españoles (incluyendo a los catalanes), no podía establecer en solitario. En especial, las que implican un cambio constitucional.

De existir una postura antidemocrática no está en la sentencia del Tribunal Constitucional ni en el de aquellos que interpusieron el recurso, sino en el de los políticos que condujeron a la sociedad catalana a votar un texto inconstitucional y sobre el que, por tanto, no podía decidir, puesto que la decisión corresponde a todos los españoles, y no de cualquier manera, sino siguiendo los cauces que la propia Constitución determina. 

El Tribunal Constitucional alemán mantiene ahora -como no podía ser de otro modo- la misma doctrina aplicada a Baviera. Por lo visto, Alemania también judicializa la política."                      (Juan Francisco Martín Seco, República.com, 12/01/17)

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