"... la publicación en el mismo día de un informe del Gobierno británico
sobre «las implicaciones de la independencia escocesa», basado en el
dictamen de dos especialistas independientes (un australiano y un
británico) del Derecho Internacional. Muchos aspectos del informe
podrían ser aplicables a la pretensión independentista de algunos
partidos catalanes.
Es cierto que hay una radical diferencia entre ambos
casos: el Reino Unido reconoce que Escocia tiene derecho a separarse si
una mayoría de la población lo decide. Pero no acepta que lo decida uno
o varios partidos ni el parlamento escocés. Anoten esta plausible idea;
nada al estilo Kosovo, como pretende ERC.
Sobresale dicho informe por su filosofía de fondo: conocer la verdad.
El Gobierno británico entiende que en el debate que precederá al
referéndum tiene que haber veraz información de todos los efectos
internos e internacionales.
La clave es dar a conocer con claridad las
consecuencias constitucionales y legales: la independencia es un cambio
legal determinante y, por complejas que sean, es vital que cada
ciudadano conozca, al detalle y de forma fiable, las consecuencias
domésticas, europeas e internacionales.
Ya ven, la misma preocupación
que en España. El Gobierno español esconde la cabeza ante una tragedia
histórica para todos los españoles y el de Cataluña manipula y miente
groseramente a su opinión pública: erre que erre sobre la «independencia
en el marco de la Unión Europea».
También tenemos que aprender de la insistencia en la lealtad y
neutralidad de los dos gobiernos hasta que la población decida en el
referéndum. Me admira la elegancia y contundencia del Gobierno británico
cuando advierte que, hasta que no haya decisión del pueblo escocés, los
dos gobiernos mantendrán plenamente sus responsabilidades y sus
competencias respectivas en Escocia (como en los actos oficiales de
Cataluña en los que el Estado ha aceptado la desaparición de sus
símbolos o que los oculten con una tela negra).
El Reino Unido no
retrocederá antes de tiempo en Escocia; exige al gobierno escocés que no
tome ninguna medida de transición nacional. Advierte que Escocia no
puede actuar como si ya fuera independiente ni puede preparar el acceso a
la independencia.
Ello vulneraría el derecho a decidir del pueblo
escocés. Y aún en el caso de referéndum positivo, ambas partes (Reino
Unido y Escocia) se tomarán el tiempo necesario para preparar la
transición al nuevo Estado y resolver «miles» de cuestiones de Derecho
interno e internacional que les afectan; sólo después cobrará vigor la
independencia.
Con ese afán pedagógico el informe se emplea para mostrar
qué significa independencia. Dejar de ser parte del Reino Unido
(España) y constituirse Escocia (Cataluña) en un Estado nuevo e
independiente tiene enormes consecuencias. No sucede sin que le pase
nada a la gente, sus derechos, empresas, vínculos internacionales…
Si se
quieren separar de un Estado (Reino Unido, España) no pueden aferrarse a
los derechos del Estado o a los que la población tenía dentro del
Estado del que se desgaja. No se les expulsa, se van por propia
decisión…
El informe es claro: como la inmensa mayoría del territorio y de la
población permanece bajo el Reino Unido, el Estado existente es el
continuador con todas las consecuencias (mantiene su estatus en las
organizaciones internacionales y en los miles de tratados).
El principio
de la continuidad de los derechos y obligaciones del Estado existente
(Reino Unido) es aplicable a situaciones como las que plantea Escocia.
Escocia al lanzarse a la vida internacional tiene que trabajar mucho,
dice el informe, para ganarse su propia posición y negociar en miles de
tratados internacionales (fronteras, extradición, cooperación judicial y
civil, fiscalidad, comercio, inversiones, espacio aéreo, etc.).
No
puede cobijarse tras la tutela del Estado del que se separa.
Precisamente, la tablarasa protege la soberanía del Estado de reciente
independencia: ya sin ataduras decidirá el nuevo Estado sus obligaciones
y sus derechos.
Reconoce que Escocia tendrá que solicitar, una a una, el ingreso en
las organizaciones internacionales (ONU, OTAN, Consejo de Europa, FMI,
OIT, Unión Europea…). El problema mayor está en la exigencia de la
unanimidad de todos los Estados miembros para que se les admita a
negociar el ingreso y, de nuevo, unanimidad para el ingreso definitivo
en la UE.
Las normas de la UE no son ambiguas, como se quiere hacer ver para
ocultar las consecuencias. Una cosa es que nunca haya habido una
secesión dentro del territorio metropolitano de un Estado miembro de la
UE y otra cosa (la mentira) es que no haya reglas claras.
Las hay: sólo
incluir el nombre de Escocia o de Cataluña en el Tratado (no se puede
ser Estado miembro de la UE sin que el nombre oficial figure en el
Tratado) requiere una revisión del Tratado por unanimidad de todos los
Estados miembros.
La adhesión no es automática aunque ya se aplique el
acervo o se reúnan las condiciones exigidas. Cada Estado goza de
discrecionalidad al emitir su voto y no es un acto recurrible ante
ninguna instancia judicial. El veto puede ser eterno o durar décadas.
Entre otras razones porque es una incongruencia y una insensatez, y
desde luego una deslealtad, separarse de un Estado de la UE para, a la
par, querer volver al seno de la organización de unidad europea. La
gobernabilidad y prosperidad de Europa no la garantizarán las casi 300
regiones europeas.
La comisión se pronunció a requerimiento del Reino Unido y fue
tajante: si hay una secesión, se constituye un nuevo Estado y se deja de
aplicar en ese territorio escindido el Derecho de la Unión.
Sus
productos son extraños al territorio aduanero, sus nacionales dejan de
ser ciudadanos de la UE puesto que el Tratado establece que la
ciudadanía europea es indisoluble de una nacionalidad de un Estado
miembro y se adquiere o se pierde de forma automática con ella. No hay
derechos adquiridos ni de la organización política del territorio
escindido ni de su población cuando se sale de un Estado de la UE.
Es admirable la franqueza y confianza en el Derecho Internacional con
la que el Gobierno británico encara el problema. Como en España… Por
ello, la opinión pública española y su clase política deben saber que
sea un derecho o no, la independencia es un hecho político objetivo, un
hecho histórico constatable.
Es funcionar de facto como un Estado. Los
Estados no son legales o ilegales; existen o no existen: y existen
cuando se constata que una entidad política organizada tiene pleno
control sobre un territorio y una población sin otra sumisión que a las
normas internacionales." (Araceli Mangas, catedrática de Derecho Internacional de la Universidad Complutense de Madrid. EL MUNDO 20/02/13, en Fundación para la Libertad)
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