“Cuando en el curso de los acontecimientos humanos se hace necesario
para un pueblo disolver los vínculos políticos que lo han ligado a otro y
tomar entre las naciones de la tierra el puesto separado e igual a que
las leyes de la naturaleza y el Dios de esa naturaleza le dan derecho,
un respeto decente al juicio de la humanidad exige que declare las
causas que lo impulsan a la separación”.
Son las palabras con las que empieza la Declaración de Independencia de
los Estados Unidos de América de 1776. La causa de la independencia, de
la ruptura del vínculo entre dos pueblos, debe poder ser argumentada de
manera susceptible de ser, si no compartida, sí al menos entendida por
una opinión pública ajena al conflicto que está en el origen de la
separación.
La separación no debe ser resultado de una decisión
caprichosa y arbitraria, sino de una decisión susceptible de ser
argumentada en términos objetivos y razonables. (...)
Respeto decente al juicio de los ciudadanos de Cataluña, ante todo,
ya que van a ser ellos los que van a tener que tomar la decisión y los
que se van a ver más directamente afectados por la misma.
La información
de lo que significa la independencia tendría que ser presentada a los
ciudadanos de una manera plural y tan exhaustiva como fuera posible, a
fin de que pudieran tomar una decisión genuinamente democrática.
Cualquier vicio en el proceso de formación de la voluntad en este
terreno tendría consecuencias irreparables, que, por ello mismo, podrían
ser espantosas.
Respeto decente al juicio de los ciudadanos de España, que se verían
afectados no en los mismos términos que los ciudadanos de Cataluña, pero
sí con una intensidad extraordinaria.
El vínculo entre Cataluña y
España no es exclusivamente político y, en consecuencia, el divorcio no
tendría exclusivamente esta naturaleza. La separación de Cataluña de
España afectaría a ambas de todas las maneras prácticamente imaginables." (
Javier Pérez Royo, El País, 28 SEP 2012)
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