"El Ayuntamiento de Cabrils podrá ceder el padrón, pero sin los datos del demandante.
La polémica sobre la posible cesión de los padrones municipales a la Generalidad, para que sirvan de censo electoral para un hipotético referéndum independentista -de improbable celebración- ha sumado un nuevo episodio este miércoles, después de que la justicia haya avalado temporalmente una de estas posibles cesiones.
A la vez que ha abierto la puerta a que los ciudadanos que se oponen a la consulta secesionista se borren incluso del censo de esta.
El Juzgado Contencioso número 2 de Barcelona ha fallado este miércoles que la suspensión cautelar de la ejecución del reciente acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Cabrils (Barcelona), que había acordado ceder a la Generalidad su padrón municipal si esta se lo solicitaba para la hipotética consulta, solo debe aplicarse a los datos del demandante, un vecino de la localidad. (...)" (Crónica Global, 09/04/2014)
"(...) Al ser un acuerdo político lo de Cabrils, la Abogacía del Estado deberá esperar a que se produzca la cesión del censo para actuar, si es que lo considera necesario. (...)" (Pablo Planas, Crónica Global, Jueves, 10 de abril de 2014)
"El TSJC ha acordado suspender cautelarmente el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Cabrils donde se acordaba poner a disposición de la Generalidad de Cataluña los datos del padrón municipal y los instrumentos necesarios para la posible celebración de la consulta del mes de noviembre de 2014.
La magistrada ha citado a las partes para el próximo lunes 7 de abril para celebrar una comparecencia para escucharlos y resolver el levantamiento de la medida cautelar o el mantenimiento de esta medida.
De este modo, en la resolución judicial, se indica que "se aprecian las circunstancias de especial urgencia que permiten analizar la adopción de una medida cautelar inaudita parte". En este sentido se estima "la petición de medida cautelar formulada por la actora y, en consecuencia, suspender el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Cabrils, de 27 de marzo de 2014, por el que se dispone que el citado Ayuntamiento pondrá a disposición de la Generalitat de Catalunya los datos del padrón y los instrumentos legales, en caso de que se soliciten, para la celebración de la consulta sobre el futuro político de Catalunya, de acuerdo con el marco legal aprobado que ampare la citada consulta".
Igualmente se emplaza "a la Autoritat Catalana de Protecció de Dades, por si a su derecho conviniera comparecer como codemandada en el presente recurso". Finalmente se cita "a las partes a la comparecencia que tendrá lugar el lunes día 7 de abril al objeto de que puedan alegar lo que consideren conveniente sobre el levantamiento o mantenimiento de la suspensión acordada".
La magistrada recuerda que "si bien la efectividad práctica de ese acuerdo está condicionada al cumplimiento de las condiciones que en el mismo se indican -entre otras, que medie una solicitud por parte de la Generalitat-, no hay dato alguno que impida tener la certeza que esa petición no se ha efectuado, o bien que pueda formularse en breve, ya que en el propio Acuerdo Plenario se decide su comunicación a la Generalitat de Catalunya, entre otros organismos".
"Así las cosas, y para evitar que la cesión de datos pueda llegar a materializarse antes de que se adopte la medida cautelar con audiencia de las demás partes, se considera conveniente acordar la suspensión del acuerdo recurrido", argumenta.
"De otra parte, atendida la circunstancia de que la Autoritat Catalana de Protecció de Dades ha emitido dictamen sobre la cesión de datos del padrón con el objetivo de realizar la consulta anunciada para el día 14 de noviembre de 2014, se considera conveniente emplazar también a dicho órgano, por si a su derecho conviniera comparecer como codemandado en el presente recurso", indican." (e-notícies, 04/04/2014)
"El Ministerio Fiscal considera que ceder los datos del censo a la Generalitat para celebrar la eventual consulta secesionista afecta a la intimidad de los ciudadanos y, por tanto, tienen derecho a no dar su consentimiento para que sean utilizados.
El representante del Ministerio Público ha expresado su posición inequívoca en una vista celebrada esta mañana en un juzgado de lo contencioso-administrativo de Barcelona en la que la juez ha escuchado a las partes después de que el Ayuntamiento de Cabrils aprobara el pasado día 27 una moción en favor de ceder el padrón a la Generalitat si así lo requiere cuando se celebre la consulta soberanista dentro de la legalidad.
La demanda la ha interpuesto Alejandro Rusiñol, un barcelonés de 36 años, presidente del minúsculo partido Alianza Central Democrática, que reside desde hace 10 años en el municipio, contra la decisión del Consistorio de Cabrils (CiU). La juez dictó hace una semana la suspensión cautelar de la moción y hoy ha querido escuchar a las partes.
En una breve intervención, el fiscal ha sido taxativo y se ha mostrado a favor de mantener la suspensión. "Este procedimiento tiene un trasfondo político y por eso está aquí el abogado de la Generalitat. Se está olvidando que lo que está en juego es el derecho a la intimidad de un señor de Cabrils. Y creo que lo está", ha señalado para responder afirmativamente en virtud de una sentencia del Tribunal Constitucional del año 2000.
El fiscal ha rebatido la opinión de los letrados del Ayuntamiento que, entre otras razones, ha esgrimido que no podía prevalecer, por un criterio de proporcionalidad, el interés de un ciudadano por encima de los otros 7.000 habitantes que tiene el municipio. "Si hay peligro para quien quiere votar, también existe entonces para quien no quiere hacerlo", ha aducido el fiscal. (...)
La juez, que se ha expresado en catalán, ha sido muy estricta con la letrada al impedirle entrar en el fondo de la cuestión en contraste con los abogados del Ayuntamiento y de la Autoridad Nacional de Datos a quienes ha permitido explayarse. Santiago Farré, abogado del Consistorio ha acusado a Rusiñol de buscar únicamente "notoriedad política" y "eco mediático".
El letrado ha señalado que la conducta del Consistorio ha sido impecable por cuanto solicitó previamente un informe a la Autoridad Catalana de Protección de Datos y negó la urgencia de caso por cuánto la consulta no está convocada ni aprobado el paraguas legal -la ley catalana de consultas- sobre la que penderá. (...)
Jordi Salbanyà, abogado de la Autoridad Nacional de Datos, cuya presencia ha requerido la juez y ha lamentado el fiscal, ha insistido que se está tratando de un futurible y que, en cualquier caso, la Ley de Bases de Régimen Local obliga en su artículo 16 a que las Administraciones se traspasen los datos entre si cuando así lo requieran.
El letrado del Consistorio se ha expresado también en parecidos términos y ha reportado un informe de los secretarios municipales que consideran innecesario el debate por cuanto los Ayuntamientos tienen la obligación de ceder los datos cuando se les requiera. (...)" (El País, 07/04/2014)
"El Ministerio Fiscal considera que ceder los datos del censo a la Generalitat para celebrar la eventual consulta secesionista afecta a la intimidad de los ciudadanos y, por tanto, tienen derecho a no dar su consentimiento para que sean utilizados.
El representante del Ministerio Público ha expresado su posición inequívoca en una vista celebrada esta mañana en un juzgado de lo contencioso-administrativo de Barcelona en la que la juez ha escuchado a las partes después de que el Ayuntamiento de Cabrils aprobara el pasado día 27 una moción en favor de ceder el padrón a la Generalitat si así lo requiere cuando se celebre la consulta soberanista dentro de la legalidad.
La demanda la ha interpuesto Alejandro Rusiñol, un barcelonés de 36 años, presidente del minúsculo partido Alianza Central Democrática, que reside desde hace 10 años en el municipio, contra la decisión del Consistorio de Cabrils (CiU). La juez dictó hace una semana la suspensión cautelar de la moción y hoy ha querido escuchar a las partes.
En una breve intervención, el fiscal ha sido taxativo y se ha mostrado a favor de mantener la suspensión. "Este procedimiento tiene un trasfondo político y por eso está aquí el abogado de la Generalitat. Se está olvidando que lo que está en juego es el derecho a la intimidad de un señor de Cabrils. Y creo que lo está", ha señalado para responder afirmativamente en virtud de una sentencia del Tribunal Constitucional del año 2000.
El fiscal ha rebatido la opinión de los letrados del Ayuntamiento que, entre otras razones, ha esgrimido que no podía prevalecer, por un criterio de proporcionalidad, el interés de un ciudadano por encima de los otros 7.000 habitantes que tiene el municipio. "Si hay peligro para quien quiere votar, también existe entonces para quien no quiere hacerlo", ha aducido el fiscal. (...)
La juez, que se ha expresado en catalán, ha sido muy estricta con la letrada al impedirle entrar en el fondo de la cuestión en contraste con los abogados del Ayuntamiento y de la Autoridad Nacional de Datos a quienes ha permitido explayarse. Santiago Farré, abogado del Consistorio ha acusado a Rusiñol de buscar únicamente "notoriedad política" y "eco mediático".
El letrado ha señalado que la conducta del Consistorio ha sido impecable por cuanto solicitó previamente un informe a la Autoridad Catalana de Protección de Datos y negó la urgencia de caso por cuánto la consulta no está convocada ni aprobado el paraguas legal -la ley catalana de consultas- sobre la que penderá. (...)
Jordi Salbanyà, abogado de la Autoridad Nacional de Datos, cuya presencia ha requerido la juez y ha lamentado el fiscal, ha insistido que se está tratando de un futurible y que, en cualquier caso, la Ley de Bases de Régimen Local obliga en su artículo 16 a que las Administraciones se traspasen los datos entre si cuando así lo requieran.
El letrado del Consistorio se ha expresado también en parecidos términos y ha reportado un informe de los secretarios municipales que consideran innecesario el debate por cuanto los Ayuntamientos tienen la obligación de ceder los datos cuando se les requiera. (...)" (El País, 07/04/2014)
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